Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2021-3592)
BOP-2021-3592 Bases reguladoras proceso selectivo para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, funcionario/a de carrera, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento mediante el sistema de concurso-oposición.
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solicite esté en condiciones de realizar la prueba hubieran transcurrido más de dos meses.
8.3. Si alguna de las participantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo, de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la
finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no
pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas
participantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser
valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
8.4. Acreditación de identidad.
El Tribunal podrá requerir en cualquier tiempo a los aspirantes para que acrediten su
personalidad, debiéndose personar en el día del examen con la copia de la instancia para
participar en el correspondiente proceso selectivo, así como con el documento nacional de
identidad o documento equivalente, en el caso de nacionales de otros Estados de la Unión
Europea.
8.5. Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes.
Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno
de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,
adoptará las medidas pertinentes.
8.6. Relaciones de personas aprobadas de los ejercicios de los procesos selectivos. Con
carácter general, concluida cada prueba selectiva que componga el procedimiento de
“concurso-oposición”, el Tribunal calificador publicará en los lugares previstos en la base 8.1 la
relación de quienes la hayan superado, con expresión de su nombre y apellidos o DNI y la
puntuación obtenida. Estas relaciones se referirán exclusivamente a las calificaciones
obtenidas en cada una de las pruebas, sin que en ningún caso pueda entenderse que quienes
figuren en ellas han superado el proceso selectivo, para lo que será necesario figurar en la
relación definitiva de personas aprobadas prevista en la Base 9.
NOVENA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y
NOMBRAMIENTO.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal propondrá el nombramiento del
aspirante que haya superado la fase de oposición y la fase de concurso.
CVE:
BOP-2021-3592
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de julio de 2021
N.º 0139
Pág. 15728
8.3. Si alguna de las participantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo, de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la
finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no
pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas
participantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser
valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
8.4. Acreditación de identidad.
El Tribunal podrá requerir en cualquier tiempo a los aspirantes para que acrediten su
personalidad, debiéndose personar en el día del examen con la copia de la instancia para
participar en el correspondiente proceso selectivo, así como con el documento nacional de
identidad o documento equivalente, en el caso de nacionales de otros Estados de la Unión
Europea.
8.5. Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes.
Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno
de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,
adoptará las medidas pertinentes.
8.6. Relaciones de personas aprobadas de los ejercicios de los procesos selectivos. Con
carácter general, concluida cada prueba selectiva que componga el procedimiento de
“concurso-oposición”, el Tribunal calificador publicará en los lugares previstos en la base 8.1 la
relación de quienes la hayan superado, con expresión de su nombre y apellidos o DNI y la
puntuación obtenida. Estas relaciones se referirán exclusivamente a las calificaciones
obtenidas en cada una de las pruebas, sin que en ningún caso pueda entenderse que quienes
figuren en ellas han superado el proceso selectivo, para lo que será necesario figurar en la
relación definitiva de personas aprobadas prevista en la Base 9.
NOVENA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y
NOMBRAMIENTO.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal propondrá el nombramiento del
aspirante que haya superado la fase de oposición y la fase de concurso.
CVE:
BOP-2021-3592
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de julio de 2021
N.º 0139
Pág. 15728