Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2021-3592)
BOP-2021-3592 Bases reguladoras proceso selectivo para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, funcionario/a de carrera, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento mediante el sistema de concurso-oposición.
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alegaciones o dirigir reclamaciones al Tribunal.
SÉPTIMA. CALIFICACIÓN.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida
en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, la mayor puntuación en la
fase de concurso.
OCTAVA. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS.
8.1. Comienzo.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se publicará en el “Boletín Oficial” de
la provincia de Cáceres, al mismo tiempo que se publique la lista definitiva de admitidos y
excluidos a las pruebas.
Todos los actos de desarrollo del proceso selectivo se pondrán en conocimiento de los
aspirantes por medio de anuncios que serán publicados en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y sede electrónica.
En cualquier caso, la duración máxima del proceso de realización de las pruebas no excederá
de nueve meses contados desde la fecha de realización de la primera prueba hasta la
publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición.
Entre la publicación de la relación de personas aprobadas en una prueba y el comienzo de la
siguiente deberán transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y
cinco días hábiles.
8.2. Llamamiento.
Las personas que participen en el proceso serán convocadas para cada prueba en llamamiento
único, salvo cuando el número de aspirantes, la naturaleza de la prueba o cualquier otra
circunstancia requiera de dos o más llamamientos, debiendo realizar la prueba en el lugar, día
y hora que se les asigne; quedarán decaídos de su derecho quienes no comparezcan a
realizarla salvo en los casos de fuerza mayor u otros excepcionales que, impidiendo la
realización de la prueba en la fecha prevista, no afecten al normal desarrollo del proceso
selectivo, para los que el Tribunal calificador podrá acordar la realización de una convocatoria
extraordinaria. En todo caso, no será posible la realización de una prueba extraordinaria si
desde el momento en que se realiza el llamamiento ordinario hasta el momento en que quien la
CVE:
BOP-2021-3592
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de julio de 2021
N.º 0139
Pág. 15727
SÉPTIMA. CALIFICACIÓN.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida
en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, la mayor puntuación en la
fase de concurso.
OCTAVA. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS.
8.1. Comienzo.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se publicará en el “Boletín Oficial” de
la provincia de Cáceres, al mismo tiempo que se publique la lista definitiva de admitidos y
excluidos a las pruebas.
Todos los actos de desarrollo del proceso selectivo se pondrán en conocimiento de los
aspirantes por medio de anuncios que serán publicados en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y sede electrónica.
En cualquier caso, la duración máxima del proceso de realización de las pruebas no excederá
de nueve meses contados desde la fecha de realización de la primera prueba hasta la
publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición.
Entre la publicación de la relación de personas aprobadas en una prueba y el comienzo de la
siguiente deberán transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y
cinco días hábiles.
8.2. Llamamiento.
Las personas que participen en el proceso serán convocadas para cada prueba en llamamiento
único, salvo cuando el número de aspirantes, la naturaleza de la prueba o cualquier otra
circunstancia requiera de dos o más llamamientos, debiendo realizar la prueba en el lugar, día
y hora que se les asigne; quedarán decaídos de su derecho quienes no comparezcan a
realizarla salvo en los casos de fuerza mayor u otros excepcionales que, impidiendo la
realización de la prueba en la fecha prevista, no afecten al normal desarrollo del proceso
selectivo, para los que el Tribunal calificador podrá acordar la realización de una convocatoria
extraordinaria. En todo caso, no será posible la realización de una prueba extraordinaria si
desde el momento en que se realiza el llamamiento ordinario hasta el momento en que quien la
CVE:
BOP-2021-3592
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de julio de 2021
N.º 0139
Pág. 15727