Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2021-3567)
BOP-2021-3567 Ordenanza municipal reguladora del Cementerio Municipal.
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B. NICHOS.
- El nicho tendrá como mínimo 0,90 metros de ancho por 0,75 metros de alto y 2,60
metros de profundidad.
- La separación entre nichos será de 0,287 metros en vertical y 0,21 metros en
horizontal, salvo si se usan sistemas prefabricados previamente homologados por el
Ministerio de Sanidad y Consumo, o por la Consejería de Sanidad y Consumo de la
Junta de Extremadura, en cuyo caso, la separación horizontal y vertical entre nichos
vendrá dada por las características técnicas de cada sistema constructivo concreto.
- La altura máxima de los nichos será la correspondiente a 5 filas.
- Las galerías destinadas a defender de las lluvias las cabeceras de los nichos tendrán
2,50 metros de ancho, a contar desde su más saliente parámetro interior y su tejadillo se
apoyará en un entramado vertical, sin limitar los espacios abiertos con ninguna clase de
construcción.
- El suelo de los nichos tendrá una pendiente mínima hacia el interior del uno por ciento.
- Aunque los materiales utilizados en la construcción de nichos y fosas sean
impermeables, cada unidad de enterramiento y el sistema en su conjunto será
permeable, asegurándose un drenaje adecuado y una expansión de los gases en
condiciones de inocuidad y salida al exterior por la parte más elevada, en el caso de los
nichos.
C. COLUMBARIOS.
- Estarán constituidos por un conjunto de nichos, cada uno de los cuales tendrá como
mínimo 0,40 metros de ancho por 0,40 metros de alto y 0,60 metros de profundidad.
ARTÍCULO 8. ADMINISTRACIÓN DEL CEMENTERIO.
El Ayuntamiento llevará un registro de cadáveres y restos cadavéricos que se inhumen o
exhumen en el cementerio, en el que figurará como mínimo la siguiente información:
Número de orden: será correlativo a partir del nº 1.
Sexo: V para varones y H para hembras.
Fecha de la inhumación o exhumación.
Domicilios habitual y mortuorio: vía pública, población y provincia.
CVE:
BOP-2021-3567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de julio de 2021
N.º 0138
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