Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2021-3567)
BOP-2021-3567 Ordenanza municipal reguladora del Cementerio Municipal.
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características del cementerio son las siguientes:
Un local destinado a depósito de cadáveres.
Un número de sepulturas o unidades de enterramiento vacías adecuado al censo de la
población de referencia del cementerio o por lo menos terreno suficiente para su
construcción dentro de los 25 años siguientes.
Abastecimiento de agua potable y servicio sanitario adecuado para el personal y los/as
asistentes.
Osario general, destinado a recoger los restos cadavéricos provenientes de las
exhumaciones.
Una zona aislada destinada a eliminación de restos que no sean humanos, procedentes
de la evacuación y limpieza de sepulturas o del propio cementerio.
Una zona de tierra destinada al posible esparcimiento de cenizas.
ARTÍCULO 7. FOSAS, NICHOS, COLUMBARIOS Y PANTEONES.
Las sepulturas del cementerio municipal se clasifican en fosas, nichos, columbarios y
panteones. Los construidos con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ordenanza
deberán seguir, como mínimo, las siguientes determinaciones:
A. FOSAS Y PANTEONES.
- Serán como mínimo de 0,80 metros de ancho y 2,10 metros de largo, y guardarán una
separación entre sí, como mínimo, de 0,50 metros por los cuatro costados. No obstante,
en el caso de que se utilicen sistemas prefabricados, debidamente homologados por el
Ministerio de Sanidad y Consumo, o por la Consejería de Sanidad y Consumo de la
Junta de Extremadura, la separación entre las fosas vendrá determinada por las propias
condiciones del modelo de prefabricado y por el diseño del proyecto técnico realizado
para su implantación.
- La profundidad mínima de enterramiento será de dos metros a contar desde la
superficie en la que reposará el féretro, hasta la rasante del terreno sobre el que se
apoyará, en su caso, la lápida o monumento funerario que la distinga.
- El modelo prefabricado que se utilice deberá asegurar una cierta estanqueidad en su
estructura y con sistemas que no supongan su fracturación por asentamiento y
garanticen una eliminación necesaria de los gases y lixiviados.
CVE:
BOP-2021-3567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de julio de 2021
N.º 0138
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