Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2021-3567)
BOP-2021-3567 Ordenanza municipal reguladora del Cementerio Municipal.
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ARTÍCULO 2. OBJETO.
El objeto de la presente ordenanza es la regulación de la prestación de los servicios funerarios,
en cumplimiento del deber de control sanitario de los cementerios y de policía sanitaria
mortuoria regulados en el artículo 61.1 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria aprobado
por Decreto 161/2002, de 19 de noviembre.
ARTÍCULO 3. RÉGIMEN DE GESTIÓN DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.
Este cementerio se gestiona mediante el sistema de gestión directa, sin órgano especial de
administración.
Conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen
Local, la dirección del servicio corresponde a la alcaldía-presidencia sin perjuicio de que la
misma pueda delegar la gestión en una concejalía.
En la plantilla municipal se determinará el número de trabajadores/as que quedan adscritos/as
al servicio con determinación para cada uno/a de ellos/as de las funciones a realizar.
ARTÍCULO 4. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE.
El horario de apertura y cierre será determinado por la alcaldía-presidencia mediante resolución
y se expondrá en un lugar visible del recinto. Podrá ser variado por el Ayuntamiento mediante
resolución de la alcaldía-presidencia en base a las necesidades del municipio.
ARTÍCULO 5. PLANO GENERAL DEL CEMENTERIO.
En el acceso al recinto constará un plano general del cementerio, en el que se plasmarán todas
las dependencias existentes y la distribución que se ha realizado del mismo por zonas.
En el interior del cementerio se colocará la oportuna señalización vertical y horizontal para que
en todo momento los/as visitantes que accedan al mismo puedan hacerlo sin obstáculos y de
forma directa hacia el lugar al que se dirijan.
TÍTULO II. ESTABLECIMIENTOS MORTUORIOS
ARTÍCULO 6. CEMENTERIO.
El cementerio es el recinto adecuado para inhumar restos humanos, que cuenta con la
oportuna autorización sanitaria y demás requisitos reglamentarios. Se mantendrá en las
mejores condiciones posibles y en buen estado de conservación. Las dependencias y
CVE:
BOP-2021-3567
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de julio de 2021
N.º 0138
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