Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2021-3567)
BOP-2021-3567 Ordenanza municipal reguladora del Cementerio Municipal.
17 páginas totales
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Hervás
ANUNCIO. Ordenanza municipal reguladora del Cementerio Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza
municipal reguladora del cementerio municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, se puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO LEGAL.
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.2. j y k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con lo dispuesto en el artículo 84 de la
misma norma, y el 22 del Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de
Carácter Fiscal y de Fomento y Liberación de la Actividad Económica, los servicios funerarios
tendrán la consideración de servicio esencial de interés general, pudiendo ser prestados por la
administración municipal, por empresas públicas o empresas privadas, en régimen de
concurrencia en todos los casos.
Asimismo, la prestación de los servicios funerarios se sujetará a las medidas de control y
autorización establecidas en el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria aprobado por
Decreto 161/2002, de 19 de noviembre, y el resto de normativa aplicable en la materia.
CVE:
BOP-2021-3567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de julio de 2021
N.º 0138
Pág. 15633
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Hervás
ANUNCIO. Ordenanza municipal reguladora del Cementerio Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza
municipal reguladora del cementerio municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, se puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO LEGAL.
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.2. j y k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con lo dispuesto en el artículo 84 de la
misma norma, y el 22 del Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de
Carácter Fiscal y de Fomento y Liberación de la Actividad Económica, los servicios funerarios
tendrán la consideración de servicio esencial de interés general, pudiendo ser prestados por la
administración municipal, por empresas públicas o empresas privadas, en régimen de
concurrencia en todos los casos.
Asimismo, la prestación de los servicios funerarios se sujetará a las medidas de control y
autorización establecidas en el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria aprobado por
Decreto 161/2002, de 19 de noviembre, y el resto de normativa aplicable en la materia.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de julio de 2021
N.º 0138
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