Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2021-3530)
BOP-2021-3530 Aprobación Ordenanza fiscal reguladora del Mercado de Abastos.
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Artículo 11. Procedimiento de adjudicación y formalización de la concesión.
1 El procedimiento de selección y adjudicación en convocatorias generales será determinado
por la Alcaldía, con las siguientes particularidades:
a) Se otorgará un plazo no inferior a cinco días para que los interesados puedan
presentar las solicitudes conforme al modelo oficial que se determine. En las mismas
figurará el solicitante, sus datos socioeconómicos, el puesto al que opta, y la actividad
prevista, entre otros. Las que presenten personas físicas con residencia en la localidad
con más de dos años de antigüedad tendrán dos puntos adicionales. Las que presenten
personas jurídicas con sede social en la localidad con más de dos años de antigüedad
tendrán dos puntos adicionales.
b) En caso de empate, se resolverá por sorteo, con la particularidad de que no se podrá
adjudicar un puesto a una actividad que ya esté instalada en el mercado, salvo que no
existan otras solicitudes.
Las solicitudes deberán acompañarse necesariamente con un breve resumen indicativo de la
actividad que se pretende, forma de desempeño, y cualesquiera otras circunstancias que
coadyuven a su valoración.
2 El procedimiento singular de adjudicación de puestos vacantes será competencia de la
Alcaldía, que resolverá en consideración a lo previsto en la presente ordenanza.
3 A la formalización de los contratos de concesión, ya se hayan adjudicado de manera
colectiva o individual, los/as adjudicatarios/as deberán haber establecido una garantía del 5,00
€ del importe de la cuota anual del puesto, así como copia de la declaración censal de la
actividad.
Artículo 12. Infracciones y sanciones.
Se considerarán infracciones, y serán sancionables las siguientes faltas:
1. Leves. Se sancionarán con 30,01 € y apertura de expediente:
a. La negligencia o dejación en materia de limpieza de los puestos.
b. La descortesía con los servicios de inspección.
c. El incumplimiento de las normas higiénico-sanitarias a las que estuviera obligado/a.
CVE:
BOP-2021-3530
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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