Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3525)
BOP-2021-3525 Convocatoria Concesión Subvenciones Concejalía de Cultura 2021.
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El órgano colegiado competente para formular la propuesta de concesión estará compuesto
por:
El/la Concejal/a Delegado/a de Cultura o Concejal/a designado/a por la Alcaldía.
El/la Jefe/a del Archivo Histórico Municipal o Jefa del Archivo Administrativo Municipal.
Un/a Técnico/a de los servicios municipales del Instituto Municipal de Juventud o de la
Concejalía de Participación Ciudadana.
Actuará como Secretario/a la Vicesecretaria Segunda de la Corporación o funcionario/a
que legalmente le sustituya.
El órgano competente para resolver, una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva,
será la Alcaldía-Presidencia, que lo hará en el plazo de quince días desde la fecha de
elevación de dicha propuesta.
La resolución, además de contener la relación de solicitantes a los que se les concede la
subvención, hará constar, de forma expresa, la desestimación del resto de solicitudes e incluirá
una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones
administrativas y técnicas establecidas en las bases para adquirir la condición de beneficiario,
no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la presente
convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los
criterios de valoración establecidos en la misma.
En este supuesto, si se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios, el órgano
concedente acordará, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión de la subvención al
solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden de su puntuación, siempre y cuando con la
renuncia por parte de alguno de los/as beneficiarios/as, se haya liberado crédito suficiente para
atender al menos una de las solicitudes denegadas.
El órgano concedente comunicará esta opción a los/as interesados/as, a fin de que accedan a
la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la
propuesta por parte del/la solicitante, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y
procederá a su notificación en los términos establecidos legalmente.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses,
computado a partir de la correspondiente convocatoria, que será publicada en la BDNS.
El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para
entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
CVE:
BOP-2021-3525
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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