Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2021-3340)
BOP-2021-3340 Aprobacion definitiva Ordenanza Servicio Ayuda a domicilio.
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MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA
DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
Ayuntamiento de Zorita Pág. 15 de 22
— Aplicar el Baremo de Valoración de la Situación de Necesidad.
— Establecer un plan de revisiones periódicas de las resoluciones adoptadas.
En lo no previsto en este apartado serán de aplicación las reglas establecidas
con carácter general para los órganos colegiados en la Ley 39/2015 y 40/2015, de 1
de octubre.
ARTÍCULO 17. Resolución del procedimiento
1. La resolución que ponga fin al procedimiento, competencia del Alcalde-
Presidente, se producirá en el plazo máximo de tres meses desde la solicitud. Dicha
resolución se notificará al interesado en el plazo máximo de diez días, haciendo constar
en la misma los recursos pertinentes. No habiendo recaído resolución expresa en este
plazo, las solicitudes se entenderán desestimadas.
2. En todo caso, las resoluciones serán motivadas y las estimatorias expresarán
además, la aportación económica del beneficiario y la fecha de inicio del servicio.
ARTÍCULO 18. Régimen económico del servicio
1. Conforme al artículo 33 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción
de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, los
beneficiarios de las prestaciones de dependencia participarán en la financiación de las
mismas, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal.
2. La capacidad económica del beneficiario se medirá en función de su renta y
patrimonio y será establecida en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa del Servicio
de Ayuda a Domicilio.
ARTÍCULO 19. Baja en el Servicio.
La condición de beneficiario no se entenderá nunca como un derecho
permanente, sino que podrá perderse por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por renuncia expresa del beneficiario.
b) Por impago de la tasa durante un periodo de 2 meses.
c) Por fallecimiento o cambio de domicilio fuera del Municipio del beneficiario.
CVE:
BOP-2021-3340
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de julio de 2021
N.º 0128
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