Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2021-3325)
BOP-2021-3325 Normas reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de intereses fundamentales de esta Entidad.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
razones de interés municipal que supone la realización de la actividad en sí misma.
3º. La subvención se destinará exclusivamente a sufragar los gastos de adquisiciones de
bienes de primera necesidad para menores así como de material escolar, educativo o cultural
adquiridos en Arroyomolinos de la Vera.
4º. La concesión y el abono de la subvención se realizarán una vez que los/as beneficiarios/as
hayan presentado completa y correctamente su solicitud, en el modelo facilitado al efecto,
como se indica en la norma Cuarta y, en su caso, la documentación que se requiera a efectos
de subsanación de la solicitud.
5º. El Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera realizará los trámites precisos para garantizar
la publicidad de la presente ayuda económica.
CUARTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Estas ayudas se tramitarán en papel, debiéndose presentar la documentación pertinente en el
Registro Central del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.
El plazo para la presentación de la solicitud será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente
a la publicación de esta Convocatoria.
De no presentarse solicitud en plazo se entenderá el desestimiento del derecho a la percepción
de la subvención que pudiera otorgársele.
QUINTA. COMPROMISMOS A ASUMIR POR LOS/AS BENEFICIARIOS/AS.
Serán beneficiarias las personas recogidas en el anexo I de estas normas reguladoras, que se
comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para la ejecución plena de la actividad
subvencionada y, además, deberán:
1º. Antes del abono de la subvención, presentar la correspondiente solicitud en el Registro
Central del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera, así como los documentos que se
requieran al efecto para cada una de las líneas de la subvención.
2º. Realizar el objeto para el que han solicitado la subvención, en los términos recogidos en
estas normas.
3º. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad al Ayuntamiento, que podrá recabar
la información que corresponda, con el fin de asegurarse del cumplimiento del fin al cual se
destina esta ayuda.
CVE:
BOP-2021-3325
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de julio de 2021
N.º 0128
Pág. 14492
3º. La subvención se destinará exclusivamente a sufragar los gastos de adquisiciones de
bienes de primera necesidad para menores así como de material escolar, educativo o cultural
adquiridos en Arroyomolinos de la Vera.
4º. La concesión y el abono de la subvención se realizarán una vez que los/as beneficiarios/as
hayan presentado completa y correctamente su solicitud, en el modelo facilitado al efecto,
como se indica en la norma Cuarta y, en su caso, la documentación que se requiera a efectos
de subsanación de la solicitud.
5º. El Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera realizará los trámites precisos para garantizar
la publicidad de la presente ayuda económica.
CUARTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Estas ayudas se tramitarán en papel, debiéndose presentar la documentación pertinente en el
Registro Central del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.
El plazo para la presentación de la solicitud será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente
a la publicación de esta Convocatoria.
De no presentarse solicitud en plazo se entenderá el desestimiento del derecho a la percepción
de la subvención que pudiera otorgársele.
QUINTA. COMPROMISMOS A ASUMIR POR LOS/AS BENEFICIARIOS/AS.
Serán beneficiarias las personas recogidas en el anexo I de estas normas reguladoras, que se
comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para la ejecución plena de la actividad
subvencionada y, además, deberán:
1º. Antes del abono de la subvención, presentar la correspondiente solicitud en el Registro
Central del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera, así como los documentos que se
requieran al efecto para cada una de las líneas de la subvención.
2º. Realizar el objeto para el que han solicitado la subvención, en los términos recogidos en
estas normas.
3º. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad al Ayuntamiento, que podrá recabar
la información que corresponda, con el fin de asegurarse del cumplimiento del fin al cual se
destina esta ayuda.
CVE:
BOP-2021-3325
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de julio de 2021
N.º 0128
Pág. 14492