Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2021-3288)
BOP-2021-3288 Aprobación definitiva del Reglamento Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil.
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CAPITULO V: MOVILIZACIÓN
Art. 25. Turnos.
La organización de la turnicidad de eventos ordinarios queda a disposición
de la Agrupación, así como los procedimientos de alertas en eventos
extraordinarios.
Art. 26. Actuaciones preventivas y en emergencias.
A propuesta del Ayuntamiento de Talayuela y siempre que se disponga de
efectivos suficientes en número y formación adecuada a la actividad
solicitada, deberán colaborar en:
a) En la elaboración, implantación y mantenimiento de la operatividad de
los Planes de Protección Civil y procedimientos de actuación, en el
término municipal de Talayuela.
b) En los dispositivos preventivos de protección a la población en los actos
de pública concurrencia y en los que pueda existir riesgo para las personas.
c) En la realización de labores de divulgación de la autoprotección
ciudadana mediante la formación y participación en campañas de
sensibilización de la población en materia de Protección Civil.
d) Cualquier otra relacionada con la prevención de riesgos en la localidad
de Talayuela y cualquier otra.
Los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Talayuela
actuarán en una emergencia siguiendo los criterios de movilización
establecidos en el Plan de Emergencia Municipal del municipio donde se
produzca la emergencia o a requerimiento del Director de la Emergencia
o persona en quien delegue, donde actuaran siempre como colaboradores
de los Servicios de seguridad y emergencia profesionales.
Las actuaciones de los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento
de Talayuela se ajustarán a lo estipulado en los Planes de Protección Civil
y procedimiento de actuación elaborados a tal efecto.
Cuando tengan constancia que se ha producido una emergencia en su
ámbito de actuación, o lleguen los primeros a ésta, deberán comunicarlo
de forma inmediata al teléfono de emergencias 112, y a la autoridad local
correspondiente. Su movilización al lugar de la emergencia requerirá de
la autorización previa del Alcalde o Concejal Delegado en su caso y bajo
la supervisión del Coordinador de la Agrupación.
Los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Talayuela podrán
actuar fuera del término municipal propio previa autorización del Alcalde
o Concejal Delegado en su caso y bajo la supervisión del Coordinador de
la Agrupación.
Los voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Talayuela
actuarán directamente en la emergencia cuando:
CVE:
BOP-2021-3288
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de julio de 2021
N.º 0126
Pág. 14331
Art. 25. Turnos.
La organización de la turnicidad de eventos ordinarios queda a disposición
de la Agrupación, así como los procedimientos de alertas en eventos
extraordinarios.
Art. 26. Actuaciones preventivas y en emergencias.
A propuesta del Ayuntamiento de Talayuela y siempre que se disponga de
efectivos suficientes en número y formación adecuada a la actividad
solicitada, deberán colaborar en:
a) En la elaboración, implantación y mantenimiento de la operatividad de
los Planes de Protección Civil y procedimientos de actuación, en el
término municipal de Talayuela.
b) En los dispositivos preventivos de protección a la población en los actos
de pública concurrencia y en los que pueda existir riesgo para las personas.
c) En la realización de labores de divulgación de la autoprotección
ciudadana mediante la formación y participación en campañas de
sensibilización de la población en materia de Protección Civil.
d) Cualquier otra relacionada con la prevención de riesgos en la localidad
de Talayuela y cualquier otra.
Los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Talayuela
actuarán en una emergencia siguiendo los criterios de movilización
establecidos en el Plan de Emergencia Municipal del municipio donde se
produzca la emergencia o a requerimiento del Director de la Emergencia
o persona en quien delegue, donde actuaran siempre como colaboradores
de los Servicios de seguridad y emergencia profesionales.
Las actuaciones de los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento
de Talayuela se ajustarán a lo estipulado en los Planes de Protección Civil
y procedimiento de actuación elaborados a tal efecto.
Cuando tengan constancia que se ha producido una emergencia en su
ámbito de actuación, o lleguen los primeros a ésta, deberán comunicarlo
de forma inmediata al teléfono de emergencias 112, y a la autoridad local
correspondiente. Su movilización al lugar de la emergencia requerirá de
la autorización previa del Alcalde o Concejal Delegado en su caso y bajo
la supervisión del Coordinador de la Agrupación.
Los voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de Talayuela podrán
actuar fuera del término municipal propio previa autorización del Alcalde
o Concejal Delegado en su caso y bajo la supervisión del Coordinador de
la Agrupación.
Los voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Talayuela
actuarán directamente en la emergencia cuando:
CVE:
BOP-2021-3288
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de julio de 2021
N.º 0126
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