Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2021-3181)
BOP-2021-3181 Aprobación definitiva del modelo de control interno.
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2. ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS PERSONIFICADOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 32
DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
2.1. Encargo:
a. Que se reconoce en los estatutos o acto de creación de la entidad destinataria del
encargo la condición de medio propio personificado respecto del poder adjudicador que
hace el encargo, con el contenido mínimo previsto en la letra d) del artículo 32.2 de la
Ley de Contratos del Sector Público.
b. Que más del 80 por ciento de las actividades del ente destinatario del encargo se
lleven a cabo en el ejercicio de los cometidos que le han sido confiados por el poder
adjudicador que hace el encargo, por otros poderes adjudicadores respecto de los que
tenga la consideración de medio propio o por otras personas jurídicas controladas por
los mismos poderes adjudicadores, de conformidad con lo señalado en la letra b) de los
apartados 2 y 4 del artículo 32 de la Ley de Contratos del Sector Público. A estos
efectos, se verificará que se hace mención al cumplimiento de esta circunstancia en la
Memoria integrante de las últimas Cuentas Anuales auditadas en las que resulte
exigible.
c. Que existe informe de la Secretaría General.
d. Que, en su caso, existe proyecto informado por el órgano competente de supervisión
de proyectos, así como acta de replanteo previo. Cuando no exista informe del órgano
competente de supervisión de proyectos, y no resulte procedente por razón de la
cuantía, que al expediente se incorpora pronunciamiento expreso de que las obras del
proyecto no afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
e. Que se incorporan los documentos técnicos en los que se definan las actuaciones a
realizar, así como su correspondiente presupuesto, elaborado de acuerdo con las tarifas
aprobadas por la entidad pública de la que dependa el medio propio personificado.
f. Que las prestaciones objeto del encargo estén incluidas en el ámbito de actuación u
objeto social de la entidad destinataria del mismo.
g. Que el importe de las prestaciones parciales que el medio propio vaya a contratar con
terceros, en su caso, conforme a la propuesta de encargo, no exceda del 50 por ciento
de la cuantía del encargo, con las excepciones previstas en el artículo 32.7 de la Ley de
Contratos del Sector Público.
CVE:
BOP-2021-3181
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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