Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2021-3169)
BOP-2021-3169 Bases Ayudas a Empresas.
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dependencias municipales y en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web
municipal (www.casardecaceres.com).
BASE 11. RESOLUCIÓN.
La resolución la dictará el órgano competente y la notificará a los/as beneficiarios/as mediante
anuncio publicado en el tablón de anuncios situados en las dependencias municipales y en el
tablón de edictos del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Casar de Cáceres (Cáceres), en la
sede electrónica (https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0) y en la página web municipal
(www.casardecaceres.com). Los plazos de los recursos se contaran a partir del día siguiente a
aquel en que tenga lugar la publicación en el tablón de anuncios municipal.
La resolución también dará por justificada la subvención, reconocerá la obligación (importe
justificado) a favor de las personas beneficiarias y ordenará el pago de las obligaciones
reconocidas.
El plazo máximo para resolver y notificar el presente procedimiento de concesión de
subvención será de SEIS (6) MESES a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el periodo
de presentación de solicitudes.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los/as
interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud de
subvención.
El órgano concedente podrá declarar la tramitación de urgencia del procedimiento con el objeto
de cumplir el plazo de resolución.
BASE 12. PAGO.
El Ayuntamiento de Casar de Cáceres, procederá a ingresar por transferencia bancaria en la
cuenta determinada por la persona beneficiaria (señalada en el Alta a Terceros), el importe de
la subvención que haya sido efectivamente justificada. No podrá realizarse el pago de la
subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente de las obligaciones
tributarias (AEAT, Administración Tributaria CCAA y Hacienda Local) y frente a la Seguridad
Social o sea deudor/a por resolución de procedencia de reintegro.
BASE 13. OBLIGACIONES DE LA PERSONA BENEFICIARIA.
Los/as beneficiarios/as de la subvención están sujetos a las siguientes obligaciones:
a) Acreditación del cumplimiento de inscripción en el régimen correspondiente de la seguridad
CVE:
BOP-2021-3169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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