Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3161)
BOP-2021-3161 Premios a la Creación en la Industria Software de la Provincia de Cáceres.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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resolución de procedencia de reintegro, de acuerdo con lo establecido en el artículo
34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La/os beneficiario/as deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control
que sean debidamente requeridas por los órganos de la Diputación Provincial,
aportando cuanta información les sea solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y
que estén relacionadas con la concesión del premio.
En el plazo máximo de un año a contar desde la publicación de la resolución de
concesión, los/as beneficiarios/as deberán tener la aplicación informática
completamente implementada, en funcionamiento y presente en las tiendas
proveedoras de aplicaciones incluidas en la memoria inicial de valoración presentada.
Siempre que no concurra alguna circunstancia de fuerza mayor, que pueda acreditarse
convenientemente, en el mes siguiente a la finalización del plazo del punto anterior, a
efectos de justificación, los premiados deberán presentar en el registro telemático de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, una memoria técnica de los trabajos
realizados, que se ajustará básicamente a lo programado en la solicitud. Esta memoria
técnica incluirá al menos los siguientes apartados:
Identificación de la persona o equipo promotor del diseño.
Código fuente de la aplicación.
Medidas de publicidad adoptadas.
Impacto en internet de la aplicación premiada.
Datos de descarga.
Métricas de la aplicación.
Fases del proyecto de diseño y presentación de los resultados más destacables
obtenidos.
Si transcurrido el plazo improrrogable de 13 meses a partir de la publicación de la resolución de
concesión del premio, las empresas beneficiarias no hubieran entregado justificación de la
ejecución del proyecto, o éste no se ajustara a la memoria presentada en la solicitud, se
procederá según lo indicado en el Titulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, relativo al reintegro de subvenciones.
Recomendaciones de cara a una transferibilidad de los aspectos más relevantes a otros
colectivos u otros mercados.
CUARTA: DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y PREMIOS.
Los premios de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria
2021.07.4912.479.0020 denominada “Plan Re-Activa. Convocatoria Concurso Ideas APP
CVE:
BOP-2021-3161
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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resolución de procedencia de reintegro, de acuerdo con lo establecido en el artículo
34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La/os beneficiario/as deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control
que sean debidamente requeridas por los órganos de la Diputación Provincial,
aportando cuanta información les sea solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y
que estén relacionadas con la concesión del premio.
En el plazo máximo de un año a contar desde la publicación de la resolución de
concesión, los/as beneficiarios/as deberán tener la aplicación informática
completamente implementada, en funcionamiento y presente en las tiendas
proveedoras de aplicaciones incluidas en la memoria inicial de valoración presentada.
Siempre que no concurra alguna circunstancia de fuerza mayor, que pueda acreditarse
convenientemente, en el mes siguiente a la finalización del plazo del punto anterior, a
efectos de justificación, los premiados deberán presentar en el registro telemático de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, una memoria técnica de los trabajos
realizados, que se ajustará básicamente a lo programado en la solicitud. Esta memoria
técnica incluirá al menos los siguientes apartados:
Identificación de la persona o equipo promotor del diseño.
Código fuente de la aplicación.
Medidas de publicidad adoptadas.
Impacto en internet de la aplicación premiada.
Datos de descarga.
Métricas de la aplicación.
Fases del proyecto de diseño y presentación de los resultados más destacables
obtenidos.
Si transcurrido el plazo improrrogable de 13 meses a partir de la publicación de la resolución de
concesión del premio, las empresas beneficiarias no hubieran entregado justificación de la
ejecución del proyecto, o éste no se ajustara a la memoria presentada en la solicitud, se
procederá según lo indicado en el Titulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, relativo al reintegro de subvenciones.
Recomendaciones de cara a una transferibilidad de los aspectos más relevantes a otros
colectivos u otros mercados.
CUARTA: DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y PREMIOS.
Los premios de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria
2021.07.4912.479.0020 denominada “Plan Re-Activa. Convocatoria Concurso Ideas APP
CVE:
BOP-2021-3161
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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