Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3160)
BOP-2021-3160 Convocatoria de Subvenciones Cáceres, Destino Digital.
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Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres 2021.
Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres.
Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
(en lo que no se oponga a la LGS).
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamenteo de
desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de
carácter personal.
RD 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el
ámbito de la Administración Electrónica.
RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios
electrónicos de confianza.
Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de Diciembre de 2013 (DOUE
num L352, de 24 de diciembre de 2013)relativo a la aplicación de los art 107 y 108 del
Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
BASE TERCERA: LÍNEAS DE FINANCIACIÓN.
Se establecen las siguientes líneas de financiación, cada una de ellas dotadas inicialmente con
1/3 del total de ayudas indicadas en la base cuarta de esta convocatoria.
Línea 1. Relocalización de empresas y servicios.
Línea 2 . Fomento del teletrabajo.
Línea 3 . Centros de trabajo compartido.
El importe de las ayudas estarán en función del n.º de trabajadores/as que pasarán a
desempeñar su actividad laboral en municipios menores de 20.000 habitantes de la Provincia
de Cáceres, cumpliendo los requisitos que correspondan en cada caso, en función de la línea a
la que opten.
La cuantía de las ayudas queda establecida en 5.000,00 €, por cada trabajador/a, objeto de
CVE:
BOP-2021-3160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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