Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3160)
BOP-2021-3160 Convocatoria de Subvenciones Cáceres, Destino Digital.
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Las obligaciones de publicidad a cargo de las entidades beneficiarias serán las recogidas en la
BASE SÉPTIMA de esta convocatoria.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y y los pagos correspondientes
a los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.
13.1 DOCUMENTOS.
Los/as beneficiarios/as presentarán la justificación cumplimentando todos los campos
obligatorios del formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
Además de este documento “Justificación”, se acompañarán:
1. Como documentos anexos de carácter obligatorio los indicados a continuación:
Cuenta Cuenta justificativa, en modelo normalizado, que recogerá la relación clasificada
de los gastos realizadas y pagadas, imputadas a la subvención recibida. Este modelo
normalizado que estará disponible en la sede electrónica.
Facturas o documentos de gasto originales: En cada una de ellos se hará constar
mediante una diligencia, que el importe del gasto se aplica, a la subvención otorgada
por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, por su importe íntegro o por el importe
parcial que corresponda al porcentaje imputado a la subvención. No se admitirán
documentos de gasto cuyo titular sea diferente del beneficiario de la Subvención.
Documentos acreditativos de los pagos efectuados, preferentemente adeudo o
transferencia bancaria, siendo el medio obligatorio para pagos iguales o superiores al
límite legal (Dos Mil Quinientos Euros) establecido en el art. 7 de la Ley 7/2012, de 29
de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación
de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y
lucha contra el fraude. En caso de pagos en metálico, siempre inferiores al importe
legalmente establecido, se hará constar en el documento de gasto el "recibí" suscrito
por el contratista, proveedor, suministrador etc, o se acompañará el correspondiente
recibo de pago. Todos los pagos se documentarán con originales. Los documentos de
pago no requieren de diligencia de imputación. En todos los documentos justificativos
del pago, deberá aparecer claramente el concepto del mismo y la fecha de
materialización del pago, así como la identificación del emisor y del receptor, que no
será distinto al beneficiario de la subvención.
Justificación del mantenimiento de la actividad durante los 6 meses posteriores a la
concesión de la subvención (documentos de cotización, certificación emitida por la
Agencia Tributaria, la Seguridad Social o cualquier otro admitido en derecho).
CVE:
BOP-2021-3160
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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