Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2021-3139)
BOP-2021-3139 Convenio de colaboración educativa entre la Universidad de Santiago de Compostela y el Ayuntamiento de Hernán Pérez (Cáceres) para la realizaciónde practicas académicas externa curriculares o extracurriculares del alumnado de todas las titulaciones de la Facultad de Xeografía e Historia de la Universida de Santiago de Compostela.
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informes de valoración que le sean solicitados sobre el trabajo desarrollado por la alumna o
alumno.
Décimo primera. - DERECHOS Y DEBERES DE LOS TUTORES Y TUTORAS.
A.- El tutor o tutora externa de la entidad colaboradora tendrá derecho a:
- El reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la universidad, a través du su
solicitud.
- A recibir información acerca del reglamento de prácticas académicas externas.
- A recibir información sobre el proyecto formativo y las condiciones de su desarrollo.
- A obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de
su función.
B.- El tutor o tutora externa de la entidad colaboradora tendrá los siguientes deberes:
- Acoger al alumnado y organizar la actividad en consonancia con lo establecido en el proyecto
formativo.
- Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación
basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
- Informar al alumnado de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de
interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
- Coordinar con el tutor o tutora académica de la universidad el desarrollo de las actividades
establecidas en el convenio que deberán contemplar:
- Las modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el desarrollo de la
práctica.
- La comunicación y resolución de los incidentes que pudieran surgir.
- El control de permisos para la realización de exámenes y/o otro tipo de actividades de
carácter académico.
- Emitir el informe final y, de ser el caso, el informe intermedio.
- Proporcionar la formación complementaria que precise el alumnado para la realización de las
CVE:
BOP-2021-3139
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
Pág. 13656
alumno.
Décimo primera. - DERECHOS Y DEBERES DE LOS TUTORES Y TUTORAS.
A.- El tutor o tutora externa de la entidad colaboradora tendrá derecho a:
- El reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la universidad, a través du su
solicitud.
- A recibir información acerca del reglamento de prácticas académicas externas.
- A recibir información sobre el proyecto formativo y las condiciones de su desarrollo.
- A obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de
su función.
B.- El tutor o tutora externa de la entidad colaboradora tendrá los siguientes deberes:
- Acoger al alumnado y organizar la actividad en consonancia con lo establecido en el proyecto
formativo.
- Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación
basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
- Informar al alumnado de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de
interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
- Coordinar con el tutor o tutora académica de la universidad el desarrollo de las actividades
establecidas en el convenio que deberán contemplar:
- Las modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el desarrollo de la
práctica.
- La comunicación y resolución de los incidentes que pudieran surgir.
- El control de permisos para la realización de exámenes y/o otro tipo de actividades de
carácter académico.
- Emitir el informe final y, de ser el caso, el informe intermedio.
- Proporcionar la formación complementaria que precise el alumnado para la realización de las
CVE:
BOP-2021-3139
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
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