Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-3098)
BOP-2021-3098 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10
grados o menos, así como que no se encuentre, por razones de salud u otras causas,
imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del hogar), el procedimiento
administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte
interesada sin necesidad de exigir un nuevo certificado, salvo en los casos en los que
el Ayuntamiento de Montehermoso, motivada y expresamente, lo solicite.
En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la
parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por
el CADEX.
En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el procedimiento administrativo
para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada siendo
necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por el personal médico
facultativo de los servicios públicos de salud.
Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta en
trámite, siempre que la solicitud de renovación se haya realizado dentro del plazo
establecido.
El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se encuentra en proceso de
renovación, el cual deberá ser expuesto en el parabrisas delantero del vehículo junto a la
tarjeta de estacionamiento caducada. (ANEXO IV)
La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la previa devolución de la
tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. Expedición de duplicados.
La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (ANEXO I, II o
III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del
Ayuntamiento de Montehermoso o por cualquiera de los medios previstos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia
que haya producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en la
solicitud una declaración expresa de esta circunstancia y si procede aportará copia de
la denuncia presentada ante la autoridad competente.
En el supuesto de recuperar la tarjeta de estacionamiento desaparecida, la persona
titular de la misma debe proceder a la devolución del duplicado expedido.
El Ayuntamiento de Montehermoso comunicará al Registro de Tarjetas de
CVE:
BOP-2021-3098
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de junio de 2021
N.º 0119
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