Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2021-2899)
BOP-2021-2899 Reglamento del servicio de saneamiento y control de vertidos al colector del Valle del Jerte.
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1. Identificación del personal inspector y comunicación de la realización de la toma de muestra
a la empresa. La no presencia de un/a representante de la empresa durante la obtención de la
muestra significará la renuncia a este/a derecho, pero no invalidará la muestra obtenida. Si el
punto de toma de muestra, arqueta de registro, no es accesible desde el exterior y no se
permite acceso inmediato a este punto, la toma de muestra podrá ser anulada a decisión del/a
inspector/a, dejando constancia, en cualquier caso, de este hecho en el acta correspondiente.
2. Obtención de la muestra de vertido y repartición de la muestra en alícuotas.
La muestra se repartirá en un mínimo de 3 alícuotas de un litro debidamente etiquetadas y
precintadas, de las cuáles 1 se entregará a la empresa, 1 se guardará en custodia durante un
periodo de 30 días y el resto se utilizará para realizar los análisis pertinentes.
3. De la toma de muestra se dejará constancia en un acta, levantada por duplicado, en la que
figurarán:
a) Los datos generales de la toma de muestra (número de muestra, fecha/hora de
obtención, persona que toma la muestra, motivo de la toma, identificación de las
instalaciones y punto donde se obtiene la muestra, representante de la empresa que
firma el acta, etc.).
b) En muestras puntuales, si es posible y se considera relevante, el caudal vertido en el
momento de la toma de muestra.
c) Las observaciones, si procede, del/a tomador/a de la muestra en relación a las
circunstancias de la toma realizada (condiciones meteorológicas, incidencías en el
acceso al punto de muestreo, variaciones cualitativas o cuantitativas del vertido durante
la toma, etc.).
4. El acta de toma de muestra se cerrará con la firma del/a tomador/a y del/a representante de
la empresa que recoge la alícuota. Una vez firmada, se entregará copia del acta al/a
representante de la empresa, quedando el original en poder tomador/a.
En caso de que la empresa esté disconforme con la muestra obtenida podrá presentar las
oportunas alegaciones ante la Administración Municipal, a fin de que ésta, previo informe de los
servicios técnicos correspondientes dicte la resolución que proceda.
Artículo 25. Análisis sobre las muestras de vertidos.
Los análisis sobre las muestras de vertido obtenidas por el propio Ayuntamiento o a través
CVE:
BOP-2021-2899
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
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