Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2021-2899)
BOP-2021-2899 Reglamento del servicio de saneamiento y control de vertidos al colector del Valle del Jerte.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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calidad.
Permitir la evacuación de los lodos a otros medios con completa seguridad.
Las instalaciones a las que se refiere el párrafo anterior deberán ser construidas y explotadas
por el/la propio/a usuario/a. Dichas instalaciones podrán ser realizadas por un/a sólo/a
usuario/a o una agrupación de ellos, siempre que esta última esté legalmente constituida.
La Administración Municipal, en los casos que considere oportuno y en función de los datos de
que disponga, podrá exigir la adopción de medidas especiales de seguridad, a fin de prevenir
accidentes que pudieran suponer un vertido incontrolado a las redes de productos
almacenados de carácter peligroso.
Artículo 24. Tomas de muestra de vertidos.
Independientemente de las muestras que deba tomar y analizar la empresa según lo indicado
en su autorización de vertido, el Ayuntamiento por sí mismo o a través del/a prestador/a del
servicio podrá proceder a la realización de tomas de muestra de vertido para caracterizar los
distintos aportes al alcantarillado municipal.
Estas tomas de muestra se realizarán en las arquetas de registro identificadas como puntos de
control de vertido para cada una de las instalaciones y, en el caso de instalaciones que no
dispongan de arquetas reglamentarias, en el punto que se considere más representativo para
caracterizar el vertido. En función del tipo de arqueta instalada, el punto exacto de toma de
muestra será el indicado en los modelos de arqueta del anexo IV de este Reglamento.
Las muestras podrán ser:
Puntuales: muestras instantáneas obtenidas a cualquier hora del día.
Compuestas: obtenidas como integración de muestras puntuales tomadas a lo largo de
un periodo de tiempo.
Para los vertidos industriales, las muestras obtenidas serán generalmente puntuales. Sólo en
aquellos vertidos industriales con caudal superior a 50 m³/día, se podrán tomar muestras
puntuales y/o compuestas.
Ambos tipos de muestras, puntuales y compuestas, serán perfectamente válidos para la
caracterización del vertido a la red de alcantarillado de una instalación.
De forma similar al proceso de inspección, el proceso de toma de muestra se realizará
siguiendo los siguientes puntos:
CVE:
BOP-2021-2899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
Pág. 12852
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calidad.
Permitir la evacuación de los lodos a otros medios con completa seguridad.
Las instalaciones a las que se refiere el párrafo anterior deberán ser construidas y explotadas
por el/la propio/a usuario/a. Dichas instalaciones podrán ser realizadas por un/a sólo/a
usuario/a o una agrupación de ellos, siempre que esta última esté legalmente constituida.
La Administración Municipal, en los casos que considere oportuno y en función de los datos de
que disponga, podrá exigir la adopción de medidas especiales de seguridad, a fin de prevenir
accidentes que pudieran suponer un vertido incontrolado a las redes de productos
almacenados de carácter peligroso.
Artículo 24. Tomas de muestra de vertidos.
Independientemente de las muestras que deba tomar y analizar la empresa según lo indicado
en su autorización de vertido, el Ayuntamiento por sí mismo o a través del/a prestador/a del
servicio podrá proceder a la realización de tomas de muestra de vertido para caracterizar los
distintos aportes al alcantarillado municipal.
Estas tomas de muestra se realizarán en las arquetas de registro identificadas como puntos de
control de vertido para cada una de las instalaciones y, en el caso de instalaciones que no
dispongan de arquetas reglamentarias, en el punto que se considere más representativo para
caracterizar el vertido. En función del tipo de arqueta instalada, el punto exacto de toma de
muestra será el indicado en los modelos de arqueta del anexo IV de este Reglamento.
Las muestras podrán ser:
Puntuales: muestras instantáneas obtenidas a cualquier hora del día.
Compuestas: obtenidas como integración de muestras puntuales tomadas a lo largo de
un periodo de tiempo.
Para los vertidos industriales, las muestras obtenidas serán generalmente puntuales. Sólo en
aquellos vertidos industriales con caudal superior a 50 m³/día, se podrán tomar muestras
puntuales y/o compuestas.
Ambos tipos de muestras, puntuales y compuestas, serán perfectamente válidos para la
caracterización del vertido a la red de alcantarillado de una instalación.
De forma similar al proceso de inspección, el proceso de toma de muestra se realizará
siguiendo los siguientes puntos:
CVE:
BOP-2021-2899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
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