Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2021-2899)
BOP-2021-2899 Reglamento del servicio de saneamiento y control de vertidos al colector del Valle del Jerte.
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el Ayuntamiento, bien directamente o a través del/a prestador/a del servicio, sin más trámite y
con cargo a quien realizó la manipulación.
Artículo 9. Tramitación de solicitudes.
1. De acuerdo con lo estipulado en este Reglamento, las solicitudes para la concesión de
acometidas de suministro y vertido se harán simultáneamente, salvo que exista una de ellas, y
sus características sean adecuadas a este Reglamento.
La solicitud de licencia de conexión a la red de alcantarillado constará de la siguiente
documentación:
a) Datos del/a solicitante:
- Nombre o razón social del/a solicitante.
- Número de Identificación Fiscal.
- Domicilio.
b) Situación de la acometida de saneamiento.
c) Uso a que se destinará la acometida de saneamiento.
d) Licencia de construcción y, en su caso, autorización de vertido en el supuesto de
edificaciones nuevas o cambios de uso y usuarios/as con vertidos de tipo doméstico,
licencia de construcción y, en su caso, autorización de vertido. Para usuarios/as con
vertidos de tipo industrial, licencia de construcción, licencia o autorización ambiental y
autorización de vertido.
e) En el caso de edificaciones o usos existentes, la misma documentación que en el
apartado anterior, salvo cuando, por la antigüedad de la misma se carezca de la licencia
de construcción, en cuyo caso bastará con un certificado de seguridad y solidez
expedido por técnico competente y certificación de no estar incurso/a en expediente de
ruina o de infracción urbanística.
f) Planos de definición de la acometida, incluida la arqueta de registro.
Serán condiciones previas para la conexión de una acometida de saneamiento a la red de
alcantarillado existente:
a) Que el efluente satisfaga las limitaciones físico-químicas que fija este Reglamento.
CVE:
BOP-2021-2899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
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con cargo a quien realizó la manipulación.
Artículo 9. Tramitación de solicitudes.
1. De acuerdo con lo estipulado en este Reglamento, las solicitudes para la concesión de
acometidas de suministro y vertido se harán simultáneamente, salvo que exista una de ellas, y
sus características sean adecuadas a este Reglamento.
La solicitud de licencia de conexión a la red de alcantarillado constará de la siguiente
documentación:
a) Datos del/a solicitante:
- Nombre o razón social del/a solicitante.
- Número de Identificación Fiscal.
- Domicilio.
b) Situación de la acometida de saneamiento.
c) Uso a que se destinará la acometida de saneamiento.
d) Licencia de construcción y, en su caso, autorización de vertido en el supuesto de
edificaciones nuevas o cambios de uso y usuarios/as con vertidos de tipo doméstico,
licencia de construcción y, en su caso, autorización de vertido. Para usuarios/as con
vertidos de tipo industrial, licencia de construcción, licencia o autorización ambiental y
autorización de vertido.
e) En el caso de edificaciones o usos existentes, la misma documentación que en el
apartado anterior, salvo cuando, por la antigüedad de la misma se carezca de la licencia
de construcción, en cuyo caso bastará con un certificado de seguridad y solidez
expedido por técnico competente y certificación de no estar incurso/a en expediente de
ruina o de infracción urbanística.
f) Planos de definición de la acometida, incluida la arqueta de registro.
Serán condiciones previas para la conexión de una acometida de saneamiento a la red de
alcantarillado existente:
a) Que el efluente satisfaga las limitaciones físico-químicas que fija este Reglamento.
CVE:
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