Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2021-2849)
BOP-2021-2849 Aprobación definitiva Ordenanza de Administración Electrónica.
15 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El registro electrónico estará a disposición de sus usuarios las veinticuatro horas del día, todos
los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.
A los efectos de cómputo de plazos habrá que estar a lo siguiente:
—Cuando los plazos se señalen por horas se entiende que éstas son hábiles. Serán hábiles
todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la
hora y minuto en que tenga lugar el acto de que se trate y no podrán tener una duración
superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días.
—Cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del
cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
—La entrada de solicitudes, escritos y/o comunicaciones recibidas en días inhábiles se
entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente. Para ello, en el asiento
de entrada se inscribirán como fecha y hora de la presentación aquellas en las que se produjo
efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entrada la primera hora del primer
día hábil siguiente.
—La entrada de las solicitudes se entenderán recibidas en el plazo establecido si se inicia la
transmisión dentro del mismo día y se finaliza con éxito. A efectos de cómputo de plazos, será
válida y producirá efectos jurídicos la fecha de entrada que se consigne en el recibo expedido
por la unidad de registro.
—No se dará salida, a través del registro electrónico, a ningún escrito o comunicación en día
inhábil.
—Se consideran días inhábiles, a efectos del registro electrónico de la Administración
Municipal, los sábados, domingos y los establecidos como días festivos en el calendario oficial
de fiestas laborales del Estado, de la Comunidad Autónoma y por los de la capitalidad del
municipio. A estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en la sede electrónica.
CAPÍTULO 5. Notificaciones electrónicas
ARTÍCULO 18. Condiciones generales de las notificaciones.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso,
cuando el/la interesado/a resulte obligado/a a recibirlas por esta vía.
CVE:
BOP-2021-2849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de junio de 2021
N.º 0110
Pág. 12591
los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.
A los efectos de cómputo de plazos habrá que estar a lo siguiente:
—Cuando los plazos se señalen por horas se entiende que éstas son hábiles. Serán hábiles
todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la
hora y minuto en que tenga lugar el acto de que se trate y no podrán tener una duración
superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días.
—Cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del
cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
—La entrada de solicitudes, escritos y/o comunicaciones recibidas en días inhábiles se
entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente. Para ello, en el asiento
de entrada se inscribirán como fecha y hora de la presentación aquellas en las que se produjo
efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entrada la primera hora del primer
día hábil siguiente.
—La entrada de las solicitudes se entenderán recibidas en el plazo establecido si se inicia la
transmisión dentro del mismo día y se finaliza con éxito. A efectos de cómputo de plazos, será
válida y producirá efectos jurídicos la fecha de entrada que se consigne en el recibo expedido
por la unidad de registro.
—No se dará salida, a través del registro electrónico, a ningún escrito o comunicación en día
inhábil.
—Se consideran días inhábiles, a efectos del registro electrónico de la Administración
Municipal, los sábados, domingos y los establecidos como días festivos en el calendario oficial
de fiestas laborales del Estado, de la Comunidad Autónoma y por los de la capitalidad del
municipio. A estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en la sede electrónica.
CAPÍTULO 5. Notificaciones electrónicas
ARTÍCULO 18. Condiciones generales de las notificaciones.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso,
cuando el/la interesado/a resulte obligado/a a recibirlas por esta vía.
CVE:
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Verificable
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Lunes, 14 de junio de 2021
N.º 0110
Pág. 12591