Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-2834)
BOP-2021-2834 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de las tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad.
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discapacidad por movilidad reducida” en las inmediaciones de los edificios que
reglamentariamente se establezcan, por no disponer de aparcamiento propio de uso público y
en las proximidades de domicilios de residencia y lugares de trabajo de personas con
discapacidad por movilidad reducida, previa petición del interesado.
Por otra parte, el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que
regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados,
espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura en su
Capítulo II dedicado al transporte privado, en su articulado regula la naturaleza, el ámbito
territorial de aplicación, las tarjetas de estacionamiento expedidas fuera del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, los titulares del derecho, las características de la
tarjeta, la edición y el suministro de la tarjeta de estacionamiento, el procedimiento de
concesión y la documentación necesaria, vigencia y renovación de las tarjetas, régimen de las
tarjetas existentes, modificación de datos y expedición de duplicados, el registro extremeño de
tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad por movilidad reducida, así como
el régimen de infracciones y sanciones.
El Decreto 135/2018 regula también en su artículo 45 las plazas de aparcamiento reservadas
en los espacios públicos urbanizados, estableciendo unas características y dotación que viene
a incrementar a las ya reguladas por la normativa nacional, como son el reservar al menos el
dos por ciento (2 %) de las plazas de aparcamiento situadas en las vías públicas y espacios
públicos vinculados a la vía pública así como, la reserva de una plaza por cada veinte o
fracción en las inmediaciones de los centros sanitarios, asistenciales y/o de atención a la
discapacidad, independientemente de las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo.
Este mismo decreto, en su disposición adicional tercera, dispone que la consejería con
competencias en transporte dispondrá de un año desde la entrada en vigor del mismo para la
implantación del registro de las tarjetas de estacionamiento al igual que dispone un plazo de un
año desde la implantación de este registro para que los ayuntamientos implanten en sus
municipios el modelo de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, así como
para adaptar sus ordenanzas a lo dispuesto para dicha tarjeta.
Por su parte y en cumplimiento con la disposición adicional tercera del Decreto 135/2018, la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda a través de la Resolución de 5 de febrero de
2020, ha fijado la fecha del 9 de febrero de 2020 como la fecha de entrada en funcionamiento
del Registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad por
movilidad reducida.
CVE:
BOP-2021-2834
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de junio de 2021
N.º 0109
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