Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2820)
BOP-2021-2820 Normas Reguladoras de la subvención del Plan de Emergencia Municipal 2021.
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SEXTA.- EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS INVERSIONES. PLAZOS Y PRÓRROGAS.
EJECUCIÓN.
Las tareas que corresponde realizar a las entidades locales en la tramitación del PEMU
deberán realizarse dentro del periodo de ejecución. El plazo de ejecución quedará supeditado a
la entrega por parte de la Diputación a las entidades locales beneficiarias del correspondiente
PEMU, concediendo un plazo máximo de seis meses a contar desde la entrega oficial de la
documentación. Por esta misma razón, las entidades beneficiarias no necesitarán solicitar una
prórroga del plazo de ejecución, sin perjuicio de que la Diputación podrá ampliar de oficio el
plazo de ejecución de las ayudas, mediando causas objetivas, que deberá motivar.
JUSTIFICACIÓN.
La entidad local, como beneficiaria de esta subvención, asume el compromiso de justificar ante
el órgano gestor la cantidad subvencionada, recibida en especia a través del PEMU, sin
perjuicio del control financiero que pueda realizarse por parte de la Intervención provincial, en
los términos del Plan Anual de Control Financiero vigente.
Para los efectos de justificación, la entidad local deberá presentar la documentación requerida
en la sede electrónica, que incluye la cuenta justificativa con aportación de certificado de
Secretario/a-Interventor/a o Interventor/a, conforme al artículo 72.3 del RLGS, teniendo en
cuenta la naturaleza de la presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo
las indicaciones del formulario establecido en la sede electrónica para tal efecto.
Para la correcta y completa justificación de la ayuda, la entidad local deberá presentar, como
documento específico, certificado de decreto de la Alcaldía de la entidad local, expedido por el
Secretario/a (o Secrerario/a-Interventor/a) municipal, en el que conste:
- El nombramiento del la persona del ayuntamiento que expondrá el PEMU en la
Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la
fecha de envío del PEMU a la Junta de Extremadura.
- Que la entidad local ha procedido a la implantación del PEMU, es decir, que ha
ejecutado las tres fases: el programa de formación destinado al personal responsable
adscrito al plan y adaptado a las funciones, características y responsabilidades de cada
uno de sus miembros; el programa de información a la población del municipio sobre los
riesgos que le pueden afectar, con el fin concienciar y sensibilizar a los/las
ciudadanos/as sobre los medios de transmisión de la información en caso de producirse
una emergencia; y, por último, el simulacro.
CVE:
BOP-2021-2820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de junio de 2021
N.º 0109
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