Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2021-2746)
BOP-2021-2746 Reglamento regulador de los Vertidos de Aguas Residuales.
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cm. alrededor de dicho tubo. La arqueta podrá ser ciega o registrable. Si fuera ciega deberá de
marcarse en el pavimento de manera inequívoca para su localización.
4. Cuando se acometa la tubería a la red general este debe realizarse de manera que no
modifique el cauce normal de la red general y que no sea susceptible de producir enganches
de residuos o atascos.
5. Los trabajos de mejora, renovación de acometidas y desatascos de acometidas, realizadas a
petición del abonado serán por su cuenta y cargo y realizados por el Servicio Municipal de
Obras.
6. Los gastos por la instalación de las acometidas y los de las reposiciones, renovaciones,
sustituciones y desatranques serán íntegramente de cuenta del propietario del edificio o
inmueble.
7. En los casos de vertidos no domésticos, el Ayuntamiento de Casas del Castañar podrá
aplazar la concesión de acometida de suministro a la terminación del expediente de
autorización de vertido, y/o conceder la acometida en precario.
Artículo 10. Arquetas de registro.
Los establecimientos con autorización de vertido de tipo industrial (VI) deberán contar con
arqueta de registro según normativa vigente y según lo establecido en la licencia de obras.
Artículo 11. Mantenimiento y conservación.
1. El mantenimiento, renovación y conservación de las acometidas de alcantarillado
corresponden al Abonado, incluyendo la arqueta de registro de acometida.
2. En ningún caso podrá exigirse responsabilidad municipal por el hecho de que las aguas
circulantes por la red pública de saneamiento pudieran penetrar a los edificios, a través de las
acometidas particulares. Los/as propietarios/as de los edificios deberán prever esta
eventualidad, disponiendo de las cotas necesarias, o, en su caso, instalando los sistemas
antiretorno adecuados.
CAPITULO III – AUTORIZACIONES DE VERTIDOS
Artículo 12. Autorizaciones de vertidos.
La utilización del servicio de alcantarillado por actividades comerciales o industriales requerirá
la previa autorización del Ayuntamiento, denominada Autorización de Vertidos.
CVE:
BOP-2021-2746
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de junio de 2021
N.º 0106
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marcarse en el pavimento de manera inequívoca para su localización.
4. Cuando se acometa la tubería a la red general este debe realizarse de manera que no
modifique el cauce normal de la red general y que no sea susceptible de producir enganches
de residuos o atascos.
5. Los trabajos de mejora, renovación de acometidas y desatascos de acometidas, realizadas a
petición del abonado serán por su cuenta y cargo y realizados por el Servicio Municipal de
Obras.
6. Los gastos por la instalación de las acometidas y los de las reposiciones, renovaciones,
sustituciones y desatranques serán íntegramente de cuenta del propietario del edificio o
inmueble.
7. En los casos de vertidos no domésticos, el Ayuntamiento de Casas del Castañar podrá
aplazar la concesión de acometida de suministro a la terminación del expediente de
autorización de vertido, y/o conceder la acometida en precario.
Artículo 10. Arquetas de registro.
Los establecimientos con autorización de vertido de tipo industrial (VI) deberán contar con
arqueta de registro según normativa vigente y según lo establecido en la licencia de obras.
Artículo 11. Mantenimiento y conservación.
1. El mantenimiento, renovación y conservación de las acometidas de alcantarillado
corresponden al Abonado, incluyendo la arqueta de registro de acometida.
2. En ningún caso podrá exigirse responsabilidad municipal por el hecho de que las aguas
circulantes por la red pública de saneamiento pudieran penetrar a los edificios, a través de las
acometidas particulares. Los/as propietarios/as de los edificios deberán prever esta
eventualidad, disponiendo de las cotas necesarias, o, en su caso, instalando los sistemas
antiretorno adecuados.
CAPITULO III – AUTORIZACIONES DE VERTIDOS
Artículo 12. Autorizaciones de vertidos.
La utilización del servicio de alcantarillado por actividades comerciales o industriales requerirá
la previa autorización del Ayuntamiento, denominada Autorización de Vertidos.
CVE:
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Verificable
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