Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2021-2746)
BOP-2021-2746 Reglamento regulador de los Vertidos de Aguas Residuales.
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urbanística.
En el caso de viviendas de nueva construcción e industrias de nueva construcción e
instalación, se tramitará simultáneamente con la licencia de obras o con la licencia de actividad.
Serán condiciones previas para la conexión de una acometida de saneamiento a la red de
alcantarillado existente:
a) Que el efluente satisfaga las limitaciones físico - químicas que fija este Reglamento.
b) Que la alcantarilla esté en servicio y tenga capacidad suficiente.
El/la peticionario/a de la acometida estará obligado/a a suministrar en el momento de realizar la
solicitud, cuantos datos le sean solicitados por el Servicio Municipal de Saneamiento en
relación con la finca objeto de la petición.
Artículo 8: Denegación de solicitudes.
El Ayuntamiento podrá denegar la solicitud de acometida a sus redes por las causas o
circunstancias siguientes:
a) Por falta de presentación de cualquiera de los documentos exigidos.
b) Por incumplimiento de lo estipulado en la normativa aplicable
c) Cuando alguna parte de las instalaciones generales deba discurrir por propiedad de
terceros, sin que se acredite la constitución de la servidumbre de paso, inscrita en el
Registro de la Propiedad o no se adquiera la franja de terreno afectada.
d) Por alguna de las causas previstas en la legislación vigente.
Artículo 9: Ejecución y Conservación.
1. Las acometidas a la red de alcantarillado serán ejecutadas por parte del/la abonado/a.
Según se estipula en el Código Técnico de Edificación o norma que lo sustituya.
2. La tubería de acometida debe ser como mínimo diámetro 200mm y de PVC SN8 compacto.
3. En la fachada del edificio se debe disponer de una arqueta , que en ningún momento se
interrumpa el recorrido del agua en la tubería, para lo cual se realizará un registro en la parte
superior, suficiente para poder introducir una manguera de desatasco. La arqueta se puede
realizar de fábrica de ladrillo o bien con una tubería de diámetro 250 y un hormigonado de 10
CVE:
BOP-2021-2746
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de junio de 2021
N.º 0106
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