Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2723)
BOP-2021-2723 Criterios para la valoración en el contexto de la catalogación, de los puestos de trabajo con cargo a programas/planes de empleo o similares.
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Hasta tanto no se generalice la implantación de los nuevos títulos universitarios referidos con
anterioridad, para el acceso a empleos públicos seguirán siendo válidos los títulos
universitarios oficiales vigentes.
2.Igualmente se deben contemplar los siguientes aspectos:
- En los planes de empelo no se podrán ofertar plazas del sub-grupo A1, puesto que, por la
naturaleza de las funciones de este tipo de planes, no contemplaría tareas de gran dificultad
técnica o de gran responsabilidad.
- Se debe contemplar plazas del grupo B cuando las funciones encomendadas puedan ser
desarrolladas por personas en posesión del título de Técnico/a Superior específico, obviando la
dinámica tradicional de exigir titulaciones genéricas -generalmente de grado- (a mero título de
ejemplo, título de Técnico/a Superior en Promoción de Igualdad de Género, título de Técnico/a
Superior en Prevención de Riesgos Laborales, título de Técnico/a superior en Animación de
Actividades Físicas y Deportivas)
- Respecto a las plazas de los grupos C y AP se debe tender, si así fuese posible, a demandar
como requisito estar en posesión de las titulaciones correspondientes de formación profesional
o el correspondiente certificado de profesionalidad
RESPECTO AL NIVEL –EN LA ESTRUCTURA –.
Teniendo en cuenta las características de las funciones adscritas a estas plazas, que en su
concepción son de apoyo o complemento a puestos estructurales, se podría deducir que en
general el nivel que se le debe asignar será inferior al de los puestos de referencia de la
estructura organizativa.
En cualquier caso el nivel se identifica a partir de la metodología procedimental aprobada en el
pleno del Ayuntamiento de Cáceres de diciembre de 2019 referente a los “criterios que regulan
la clasificación de los niveles de los diferentes puestos de trabajo”.
RESPECTO A LAS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS.
La valoración de las características específicas de los puestos de trabajo se conceptualiza
como un procedimiento sistemático que trata de precisar y de comparar el desempeño que
exige cada puesto dentro de una organización, proporcionando información acerca del valor o
el “peso” específico de las características funcionales que definen al puesto de trabajo
concreto.
CVE:
BOP-2021-2723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de junio de 2021
N.º 0105
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