Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2021-2684)
BOP-2021-2684 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
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anotación.
h. Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento el Ayuntamiento de Guadalupe
expedirá y presentará la tarjeta de estacionamiento a su titular o su representante legal
para su firma y, una vez firmadas, será plastificada de forma gratuita por el ayuntamiento
y entregada a la persona interesada, junto con sus condiciones de uso, las cuales podrán
incorporarse a la resolución de concesión o extenderse en documento independiente.
ARTÍCULO 10. VIGENCIA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO
1. Las tarjetas de estacionamiento se concederán por periodos de cinco años.
2. En los supuestos de tarjetas de estacionamiento concedidas a personas con
movilidad o agudeza visual reducida de carácter transitorio, el plazo de vigencia estará
supeditado a lo establecido en el dictamen emitido por CADEX o el correspondiente
órgano de la Consejería con competencias en materia de acción social, no pudiendo
superar, en ningún caso, el plazo de vigencia de 5 años.
3. La tarjeta de estacionamiento con carácter provisional tendrá una validez máxima de
un año, prorrogable por un período igual, siempre que se mantengan las condiciones
iniciales requeridas para su otorgamiento.
ARTÍCULO 11. RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.
1. Transcurrido el plazo de vigencia de la tarjeta de estacionamiento, deberá
renovarse por parte del titular de la misma. Se podrá solicitar su renovación a partir de
los tres meses previos a su fecha de caducidad. Para la renovación se seguirá el
proceso previsto en el Artículo 9. En todo caso, para renovar la tarjeta de
estacionamiento es imprescindible que el titular mantenga los requisitos exigidos para su
otorgamiento.
2. En los casos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX
(certificado de movilidad reducida, o el certificado de que muestre en el mejor ojo una
agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10
grados o menos, así como que no se encuentre, por razones de salud u otras causas,
imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del hogar), el procedimiento
administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada
sin necesidad de exigir un nuevo certificado, salvo en los casos en los que el
Ayuntamiento de Guadalupe, motivada y expresamente, lo solicite.
3. En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el
procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la
parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por el
CADEX.
4. En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el procedimiento
administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada
siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por el personal médico
facultativo de los servicios públicos de salud.
5. Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta
en trámite, siempre que la solicitud de renovación se haya realizado dentro del plazo
establecido. El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se
encuentra en proceso de renovación, el cual deberá ser expuesto en el parabrisas
delantero del vehículo junto a la tarjeta de estacionamiento caducada. (ANEXO IV).
CVE:
BOP-2021-2684
Verificable
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Viernes, 4 de junio de 2021
N.º 0104
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