Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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cuando el aparcamiento sea en batería, y en paralelo cuando el aparcamiento sea en
línea.
i) Las personas o empresas que pongan a disposición de los promotores o titulares
de las obras las cubas o contenedores, tienen la obligación de identificarlas
debidamente.
j) Todos los daños producidos en los viales públicos así como en el mobiliario serán
responsabilidad del responsable del contenedor, el conductor y el titular de la obra.
Artículo 76. Normas de uso de los contenedores de obras
1. La instalación y retirada de los contenedores de obras se realizará sin causar
molestias a las personas o bienes, sin entorpecer el tráfico rodado y respetando, en lo
posible, los horarios de carga y descarga cuando estén establecidos en la zona.
2. Los contenedores de obras deberán utilizarse de modo que su contenido no se
vierta o esparza por acción del viento u otro agente atmosférico.
3. La carga de los residuos y materiales no excederá del nivel del límite superior de
lacaja del contenedor, sin que se autorice la colocación de suplementos adicionales para
aumentar la capacidad de carga.
4. En todo caso, el contenedor deberá permanecer cerrado, salvo en los momentos
en que se depositen en él los residuos.
5. Cuando las cubas o recipientes para materiales de obras o escombros se
mantengan en la vía pública, colmados o fuera de los días y horas permitidos, los
responsables serán los propietarios o titulares de las obras.
6. En caso de incumplimiento de los plazos, los materiales, escombros, etc... así
como las cubas o recipientes utilizados podrán ser limpiados y/o retirados por los
servicios municipales. Para su recuperación los responsables deberán abonar los costes
correspondientes.
Artículo 77. Retirada de los contenedores de la vía pública
1.- Los contenedores deberán retirarse:
a) Cuando estén llenos, y siempre en el mismo día en que se produzca sullenado.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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