Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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encuentren mal situados o fuera de los horarios establecidos podrán ser retirados por el
Ayuntamiento, con la apertura del correspondiente expediente sancionador en sucaso.
Artículo 75. Normas para la instalación de los contenedores de obras
1.- Los contenedores se situarán en el interior de la zona cerrada de las obras, o en
caso de ser imposible, en las aceras o calzadas que tengan tres o más metros de
anchura. De no ser así, deberá solicitarse la aprobación expresa de la situación que se
proponga.
2.- En todo caso, deberán observarse en su colocación las siguientes prescripciones:
a) Se situarán preferentemente delante de la obra a la que sirven o lo más cerca de
ella que sea posible.
b) Se respetarán las distancias y previsiones establecidas para los
estacionamientos en el Reglamento General de Circulación. No podrán situarse en
zonas en las que esté prohibido el estacionamiento ni en lugares que limiten la
visibilidad entre conductores y peatones.
c) No podrán situarse en pasos de peatones, vados, reservas de estacionamiento y
paradas, excepto que estas reservas hayan sido solicitadas por la mismaobra.
d) No podrán interferir a los servicios públicos, bocas de incendios, tapas de
registro, contenedores de residuos municipales, carril-bús, mobiliario urbano y otros
elementos urbanísticos.
e) Su colocación no modificará la ubicación de contenedores de basuras o de otros
elementos urbanísticos.
f) Cuando se sitúen en las aceras, se dejará una zona libre para el paso, y deberán
ser colocados en el borde de la acera, sin que sobresalga del bordillo y cumplimentando,
en todo caso, lo establecido en la normativa vigente sobre accesibilidad.
g) Si se sitúan en las calzadas, el paso libre será de 3 metros en las vías de un solo
sentido y de 6 metros en las de dos. Asimismo, se situarán a 0,20 metros de la acera, de
forma que no impidan la circulación de aguas superficiales hasta los imbornales.
h) Cuando se coloquen en aparcamientos de vehículos, se colocarán de manera
que ocupen el menor espacio posible, colocándose de forma perpendicular al bordillo
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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