Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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puntos de acopio, se considerarán en todo caso de CATEGORÍA II de acuerdo con la
clasificación establecida en el artículo 66 de la presente Ordenanza.
CAPÍTULO 3. GESTIÓN DE LOS DISTINTOS RESIDUOS
Sección 1ª: Residuos generados en los domicilios
Artículo 46. Fracción biorresiduo
1.- A partir de la instalación de los contenedores o forma de recogida de los
biorresiduos generados en los hogares o asimilables a estos, se deberán separar en
origen y depositar, en bolsas biodegradables o según establezca el ayuntamiento, en los
contenedores o sistemas equivalentes identificados a tal fin y ubicados en los
domicilios de los usuarios o en sus proximidades (en concreto, en el contenedor
identificado con el color marrón).
2.- Mientras no se recoja la materia orgánica (biorresiduos) de forma separada, ésta
se depositará junto con “otros residuos” en los contenedores con tapa verde, donde no
se podrán depositar residuos para los que haya establecido algún sistema de recogida
selectiva obligatorio.
3.- Se podrá establecer la recogida separada de la fracción vegetal, la recogida
separada de grandes generadores de biorresiduos, la recogida selectiva de la fracción
orgánica de los residuos domésticos o cualquier otra recogida selectiva.
4.- El Ayuntamiento podrá establecer sistemas de recogida de materia orgánica con
vistas a su valorización y aprovechamiento.
5.- En todo caso, los productores de biorresiduos podrán realizar el tratamiento in situ
mediante compostaje doméstico o compostaje comunitario, siempre que lo hayan
comunicado previamente al Ayuntamiento a los solos efectos de computar las
cantidades de biorresiduos gestionados mediante estos métodos.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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