Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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Artículo 47. Papel/cartón
1.- Los envases de papel-cartón y los residuos de papel (periódicos, revistas,folletos,
etc.)… producidos en los hogares se depositaran en los contenedores específicos para
este tipo de residuo con tapa azul.
2.- El Ayuntamiento podrá determinar zonas en las que se establezcan sistemas
alternativos de recogida, tanto a particulares como a empresas en las que se establecerá
laforma, horarios y sistemas de puesta a disposición de entrega de los residuos.
3.- La recogida de envases de papel/cartón en zonas tales como el Casco Antiguo,
zonas comerciales, o en otras zonas que se determinen, se podrá efectuar mediante el
sistema "puerta a puerta", de acuerdo a las siguientes normas:
 Los comerciantes respetarán las normas que establezca el Ayuntamiento para la
recogida de este tipo de residuos.
 El cartón hasta su recogida siempre estará en el interior de los establecimientos.
 El responsable del comercio entregará los residuos al personal previamente
designado por el Ayuntamiento.
 Los comercios entregarán el cartón plegado, de manera que se aproveche el
máximo espacio.
 En las zonas en que se recoja "puerta a puerta", si no se ha efectuado la recogida,
unavez cerrado el establecimiento, el comerciante dejará el cartón debidamente plegado
junto a su puerta, para facilitar su recogida.
 Los comerciantes que utilicen los contenedores azules depositarán el papel en su
interior y siempre plegado.
 La cantidad máxima que se recogerá por establecimiento es de 500litros (0,5 m3).
Artículo 48. Envases de vidrio
1.- Los envases de vidrio (botellas, frascos y tarros de vidrio de cualquier color) se
depositarán en los contenedores de color verde, no pudiéndose depositar en este tipo de
contenedores otros residuos tales como ventanas de vidrio, vasos, platos, espejos y otros
productos que no cumplan tal condición. Los envases se depositarán desprovistos de
tapaderas o tapones u otros objetos que puedan dificultar su reciclaje.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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