Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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2.- Los responsables de los mismos no ensuciarán la vía pública ni afectarán al
mobiliario urbano, ni será enganchado o sujetado con este.
Artículo 17. Carteles, adhesivos y pancartas
1. La colocación de carteles y adhesivos se efectuará únicamente en los lugares
autorizados, con excepción de los casos permitidos por la Autoridad Municipal.
2. No está permitido colocar elementos publicitarios en los edificios incluidos en el
Catálogo Histórico Artístico de la Ciudad o en los Bienes de Interés Cultural.
3. Se prohíbe la colocación de carteles, adhesivos o cualquier soporte publicitario
sobre paramentos de edificios, monumentos, fuentes, obras públicas, elementos de
mobiliario urbano, y otros elementos del espacio público.
4. Queda prohibido desgarrar, arrancar o tirar a la vía pública, carteles, anuncios y
pancartas.
5. Los servicios municipales pondrán optar, en aras de la más correcta satisfacción
del interés y ornato público, entre requerir al responsable para que proceda a la
limpieza de la parte del espacio urbano afectado, con posterior ejecución subsidiaria en
caso de incumplimiento, o proceder a la limpieza inmediata de la zona afectada,
imputando a los responsables el coste correspondiente a los servicios prestados sin
perjuicio de la imposición de las sanciones que correspondan de acuerdo a lo
indicado en el Art. 4 de esta Ordenanza.
6. La responsabilidad por el ensuciamiento causado será solidariamente
compartida por el anunciante y el responsable de la colocación del elemento
publicitario.
Artículo 18. Reparto publicitario en la vía pública
1. A fin de poder atender posibles responsabilidades relacionadas con la limpieza
de la vía pública, el reparto de publicidad comercial impresa deberá ser autorizado
por el Ayuntamiento de acuerdo con lo establecido en la respectiva ordenanza
reguladora de la distribución y reparto gratuito de información, publicidad y propaganda
con fines comerciales.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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