Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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2. Todo el material publicitario que se distribuya, sea cuales fueran sus
características, ha de llevar en lugar visible la identificación de la empresa distribuidora,
que contendrá como mínimo el nombre de la empresa, el número de identificación
fiscal, la dirección, y el teléfono. Esta obligación se extiende a las empresas
anunciantes en el caso de que sean ellas mismas las distribuidoras. Igualmente,
tendrán que incluir un mensaje dirigido al receptor en el que se le advierte de la
prohibición de arrojarlos a la víapública.
3. Queda prohibido esparcir o tirar en la vía pública toda clase de octavillas o
materiales publicitarios similares.
4. Queda prohibido desgarrar, arrancar o tirar a la vía pública carteles, anuncios y
pancartas.
5. Del ensuciamiento de la vía pública como consecuencia de la actividad de
reparto de octavillas y materiales similares serán responsables solidarios, tanto la
entidad anunciante como la encargada de su reparto y distribución.
Artículo 19. Reparto domiciliario de publicidad
1. A efectos de asegurar la limpieza de la vía pública, el reparto domiciliario de
publicidad comercial deberá ser comunicado con carácter previo al Ayuntamiento.
2. El reparto domiciliario de publicidad se efectuará de forma que no genere
suciedaden la vía pública.
3. La publicidad domiciliaria se habrá de depositar en el interior de los buzones
particulares y/o aquellos espacios que los vecinos o la comunidad de propietarios del
edificio hayan establecido a este efecto, no siendo permitido en pomos, ranuras entre
las puertas ni ventanas.
Artículo 20. Pintadas
1. Salvo autorización municipal, se prohíben las pintadas en la vía pública sobre
elementos estructurales, calzadas, aceras, mobiliario urbano, muros y paredes, etc.
2. Los propietarios de las fachadas afectadas deberán actuar con la mayor
diligencia para mantenerlas exentas de pintadas.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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