Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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desperdicios, envases, envoltorios y demás residuos originados con ocasión de la
actividad comercial, serán depositados en los contenedores instalados al efecto en las
inmediaciones de donde se celebran los Mercadillos, cuya ubicación deberá ser
respetadapor los titulares de los puestos.
Deberá cuidarse la no acumulación de cajas, envoltorios, envases, etc., durante el
período de venta, y queda expresamente prohibido abandonar residuos, materiales o
productos tras la finalización.
Queda prohibido ensuciar o acumular residuos y restos orgánicos e inorgánicos en los
puestos de venta o en los espacios asignados al mercadillo sin disponer del
correspondiente recipiente.
En caso de incumplimiento de sus obligaciones en materia de limpieza y recogida de
sus residuos, se podrá exigir la reposición de la situación alterada por el mismo a su
estado originario, así como la indemnización de los daños y perjuicios causados.
4.- El Ayuntamiento, de acuerdo con sus competencias y medios, podrá realizar
subsidiariamente la limpieza que deban efectuar los obligados a ello, imputándoles el
coste, debidamente justificado de los servicios prestados, y sin perjuicio de las
sanciones que correspondan. En caso de que exista depósito de fianza o aval, se podrá
incautar de los mismos para asegurar el pago de dichas obligaciones económicas.
5.- El reiterado incumplimiento de la obligación de recogida de residuos y limpieza
tras la celebración del mercadillo podrá llevar asociada, además de la pertinente
sanción, la retirada de la Licencia Municipal, de acuerdo a su normativa de aplicación.
A tales efectos, el personal técnico designado por el Ayuntamiento y la Policía Local de
Cáceres velará por el cumplimiento de lo establecido en este artículo.
CAPÍTULO 5. ELEMENTOS PUBLICITARIOS
Artículo 16. Elementos publicitarios
1.- Los elementos publicitarios deberán respetar la normativa municipal. Los lugares
utilizados para la publicidad deben quedar en el estado de limpieza anterior a su uso.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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