Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2021-2571)
BOP-2021-2571 Aprobación definitiva de Ordenanza reguladora de la limpieza de espacios públicos.
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Artículo 54.
Queda prohibido depositar en los espacios públicos o terrenos privados muebles, enseres y
todo tipo de objetos domésticos, para que sean retirados por los camiones que realizan la
recogida de los Residuos Sólidos Urbanos.
Los/as ciudadanos/as que deseen desprenderse de tales elementos lo podrán hacer de las
formas siguientes:
a) Por medios propios trasladándolos hasta el Punto Limpio donde pueden depositarse
gratuitamente, con las limitaciones establecidas por los mismos o hasta los vertederos
autorizados.
b) Por medio del Servicio Municipal de limpieza de forma gratuita y previa petición telefónica de
los/as interesados/as, siempre que se trate de personas que por edad, condición física o no
disponer de medios no puedan trasladarlos al punto limpio.
SECCIÓN QUINTA. ANIMALES MUERTOS.
Artículo 55.
1. Se prohíbe el abandono de cadáveres de animales de toda especie, en cualquier clase de
terrenos, así como arrojarlos a los barrancos, sumideros o alcantarillas, enterrarlos o
inhumarlos en terrenos de propiedad pública o privada, la sanción por incumplimiento de
cualquiera de las prohibiciones será independiente de las responsabilidades que estén
previstas en la normativa de orden sanitario.
2. Las personas que necesiten desprenderse de animales muertos lo harán a través de los
Gestores Autorizados de acuerdo con las Normas vigentes, que procederá a su recogida,
transporte y eliminación.
SECCIÓN SEXTA. RESIDUOS INDUSTRIALES.
Artículo 56.
El Servicio Municipal gestionará los residuos industriales que sean asimilables a Residuos
Sólidos Urbanos y no tengan, dentro de esta tipología, la consideración de residuos sujetos a
CVE:
BOP-2021-2571
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de mayo de 2021
N.º 0100
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