Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2021-2507)
BOP-2021-2507 Encomienda de gestión del agua a Consorcio "Masmedio" de Diputación de Cáceres.
16 páginas totales
Página
DECIMOCTAVA. - Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada
por dos miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la
Presidencia del Consorcio quien ejercerá la función de Presidente de la Comisión.
En la Comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un/a quinto/a miembro de la misma
nombrado por el Consorcio “MásMedio”, que actuará como Secretario.
Esta Comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las
tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas que
puedan surgir.
La Comisión se reunirá periódicamente, al menos una vez al año, pudiendo hacerlo por medios
electrónicos, y siempre que lo solicite alguna de las partes.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento ser regirá por lo dispuesto en el
presente documento y por lo estipulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
DECIMONOVENA.- El presente convenio se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, conforme a lo dispuesto en el
artículo 51.2 de la LRJSP, y que se detallan a continuación:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento
para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se
consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo
dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la
CVE:
BOP-2021-2507
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de mayo de 2021
N.º 0099
Pág. 11125