Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2021-2507)
BOP-2021-2507 Encomienda de gestión del agua a Consorcio "Masmedio" de Diputación de Cáceres.
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municipales y comunicará al Ayuntamiento la necesidad de actuar en aquellas
instalaciones que se encuentren fuera del rango de consumos considerados
técnicamente adecuados para el uso al que se destina el agua.
SÉPTIMA.-Para la prestación del servicio correspondiente al ciclo completo de abastecimiento
de agua el Ayuntamiento de Cedillo se obliga a asumir los costes derivados de la gestión del
mismo, en los términos establecidos en el estudio técnico-económico correspondiente o, en su
caso, si el servicio estuviera financiado por tasas, será ésta a quien vaya destinada la tasa para
la financiación de los servicios.
OCATAVA.-El Ayuntamiento de Cedillo se compromete a llevar a la práctica el presente
Convenio, adquiriendo el compromiso de colaborar con el Consorcio “MásMedio” en las
actuaciones precisas y convenientes para la prestación del servicio, en particular:
a) Residenciar por parte del Consorcio “MásMedio” toda actividad física o administrativa
relacionada con el servicio del ciclo completo de abastecimiento de agua.
b) Poner a disposición del Consorcio “MásMedio” sus derechos concesionales o de
participación que tuviera en entes colectivos y las instalaciones que el municipio tenga
afectadas al ciclo completo de abastecimiento de agua.
c) Proporcionar cuantos documentos contribuyan a establecer o mejorar la prestación
del servicio, así como la solicitud de otros documentos que sean necesarios obtener de
Organismos u entidades públicas.
d) Proporcionar, como titular del servicio de aguas los padrones de abonados que se
requieran para la adecuada configuración de los padrones correspondientes. La cesión
del Padrón de Abonados/as-usuarios/as, a efectos de proceder a la gestión del servicio,
no habilita al Consorcio “MásMedio”para el uso de dichos datos con fines distintos a los
previstos.
e) A efectos de la legitimación de datos contemplada en la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos
Digitales y en consonancia con las medidas que se han de adoptar según lo dispuesto
en el R.D. 994/99, será el propio Ayuntamiento el encargado de recabar el
consentimiento de los/las usuarios/as.
f) Facilitar a los servicios técnicos del Consorcio “MásMedio”, los Planes de Ordenación
Urbana, Normas Subsidiarias, y cualquier otro instrumento de planeamiento urbanístico,
por la incidencia que pudieran tener en las redes de abastecimiento o, en caso de ser
CVE:
BOP-2021-2507
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de mayo de 2021
N.º 0099
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