Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2440)
BOP-2021-2440 Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del Sistema de Acceso de Vehículos a la Zona Centro mediante el control por cámaras.
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minutos. En estos casos, no se podrá obstaculizar o impedir la circulación de
otros usuarios de la vía, así como el desarrollo normal de la actividad
comercial. Si se obstaculizara o impidiera la circulación de otros usuarios o el
desarrollo normal de la actividad comercial, se permitirá parar o estacionar
dentro de la zona peatonal que a su vez sirve como carril de circulación para la
entrada/salida de los garajes de la calle donde se ubique el domicilio y siempre
que no se produzcan al resto de usuarios molestias innecesarias.
 Para aquellos residentes, cuya calle no disponga de zona de carga y descarga
establecida y regulada mediante la señalización correspondiente, se permitirá
parar a la altura de los domicilios y dentro de la calzada, con la única finalidad
de realizar las operaciones expresadas anteriormente, de tal forma, que una
vez concluidas estas labores, se deberá abandonar la zona de tráfico
restringido y, en cualquier caso, no se permanecerá en la citada zona, más de
20 minutos. En estos casos, no se podrá obstaculizar o impedir la circulación
de otros usuarios de la vía, así como el desarrollo normal de la actividad
comercial. Si se obstaculizara o impidiera la circulación de otros usuarios o el
desarrollo normal de la actividad comercial, se permitirá parar o estacionar
dentro de la zona peatonal que a su vez sirve como carril de circulación para la
entrada/salida de los garajes de la calle y siempre que no se produzcan al resto
de usuarios molestias innecesarias.
En cualquiera de los supuestos anteriores, la autorización de entrada se otorga
por el tiempo estrictamente necesario para efectuar las operaciones permitidas, de
tal forma, que una vez finalizadas, habrán de salir de la zona restringida
inmediatamente, no autorizándose el estacionamiento o la parada sin que se realice
actividad alguna. Si la entrada se ha realizado por razones de emergencia, esta
deberá estar debidamente justificada y se podrá demorar el tiempo necesario.
Para los residentes que no dispongan de garajes o cocheras, deberán constar
en el expediente los siguientes documentos:
 Fotocopia compulsada del DNI o NIF, el cual deberá ser aportado por el
interesado.
 Certificado de empadronamiento, que será recabado de oficio.
 Fotocopia compulsada del permiso de circulación del vehículo para el que se
solicita la autorización y que deberá estar a nombre del solicitante.
 Copia del último recibo del Impuesto de vehículos de tracción mecánica, que
deberá ser comprobado de oficio por la Administración.
El Ayuntamiento podrá consultar o recabar los documentos que obren en su
poder o en otra Administración, salvo que el interesado se opusiera a ello, en cuyo
caso, deberá ser aportado por éste.
CVE:
BOP-2021-2440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de mayo de 2021
N.º 0097
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