Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-2430)
BOP-2021-2430 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de Prestación de Ayudas de Emergencia Social.
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ARTÍCULO 8. Obligaciones de los/las Destinatarios/as.
Serán obligaciones de los/las titulares y de los/las miembros de la unidad económica de
convivencia independiente:
—Aplicar la prestación a la finalidad para la que fue concedida.
—Comunicar los cambios que en relación a las condiciones generales y requisitos
específicos de las Prestaciones, pudieran dar lugar a la modificación, suspensión,
denegación de las mismas.
—Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual del/la titular.
—Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía
indebida.
—Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad para la que se
concede la ayuda, así como los gastos y pagos realizados en los plazos señalados en
esta Ordenanza.
—Suscribir y cumplir el convenio de inserción alcanzado y firmado con el Servicio Social
de Base.
—Facilitar la labor de los/las trabajadores/as sociales ofreciéndoles cuanta información
sea necesaria para la elaboración del informe social que permita valorar sus
circunstancias económicas y personales, manteniendo en todo momento una actitud
colaboradora.
—Cuantas otras obligaciones se deriven del objeto y finalidad de la ayuda o que
fundamenten la concesión de la subvención.
—Aceptar ofertas de empleo adecuadas. Entendiendo por tales:
—Cualquiera que se corresponda con la profesión habitual del/la solicitante.
—Cualquiera coincidente con la profesión desempeñada en su última actividad laboral
desarrollada.
—Cualquier otra que se ajusta a sus aptitudes físicas y formativas.
CVE:
BOP-2021-2430
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de mayo de 2021
N.º 0097
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