Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2267)
BOP-2021-2267 Aprobación definitiva modificación Plan General Municipal descatalogación elemento arqueológico n1º 41 (Campofrío).
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En caso de segregaciones o divisiones materiales, la suma total de las edificabilidades
asignadas a cada parcela segregada o dividida no superara la edificabilidad máxima total
asignada a la parcela matriz. Ninguna de las parcelas segregadas o divididas podrá tener un
coeficiente de edificabilidad mayor de uno con dos metros cuadrados por cada metro cuadrado
(1,2 m²/m²).
4.4.2.4. Ocupación
La ocupación sobre rasante y bajo rasante de la parcela no podrá ser superior al resultado de
aplicar a la superficie de parcela un coeficiente de ocupación del setenta por ciento (70%).
Las ocupaciones sobre y bajo rasante podrán ser no coincidentes en proyección, como máximo
de un 20 %.
Se permite el semisótano, sobresaliendo un máximo de ciento noventa (190) centímetros por
encima de la rasante, hasta la cara inferior del forjado de techo.
4.4.2.5. Posición de la edificación
1. Alineaciones y retranqueos
La separación entre el plano de fachada principal y la alineación oficial será igual o superior a
tres (3) metros.
4.4.3. CONDICIONES PARTICULARES DEL USO TERCIARIO
4.4.3.1. Tipología y uso característico
La tipología edificatoria responde a edificación aislada o adosada en función de las
condiciones de posición de la edificación.
Su uso característico es el de terciario en todas sus clases y categorías.
4.4.3.2. Condiciones de parcelación
A efectos de reparcelaciones, parcelaciones y segregaciones de parcela, las unidades
resultantes deberán cumplir las siguientes condiciones:
Superficie mínima de parcela: Mil (1.000) metros cuadrados.
Dimensión mínima del lindero frontal: Diez (10) metros
CVE:
BOP-2021-2267
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de mayo de 2021
N.º 0091
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