Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2021-2207)
BOP-2021-2207 Aprobación definitiva Ordenanza municipal reguladora de las terrazas de veladores. (Expt 290/2020).
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A tales efectos, estarán obligados/as a disponer de los correspondientes elementos de
recogida y almacenamiento de los residuos que puedan ensuciar el espacio público.
2. Por razones de estética e higiene no se permitirá almacenar o apilar productos, materiales o
residuos propios de la actividad junto a las terrazas.
Artículo 21º. Suministros.
1. Las acometidas de agua, saneamiento y electricidad deberán ser subterráneas y realizarse
cumpliendo su normativa reguladora.
2. Los contratos de servicios para dichas acometidas serán de cuenta del/la titular de la licencia
y deberán celebrarse con las compañías suministradoras del servicio, bajo la preceptiva
solicitud de licencia de obras ante el ayuntamiento.
Artículo 22º. Tasas.
Para la efectividad de la licencia será necesario el pago de la correspondiente tasa.
Artículo 23º. Temporada y horario.
1. La temporada de instalación de terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros
de carácter permanente será anual.
2. El horario de funcionamiento de las terrazas será el mismo que el del establecimiento del
que dependan.
3. No obstante lo preceptuado en el párrafo anterior, el Ayuntamiento podrá reducir el horario
de las que se hallen en suelo público en cualquier momento atendiendo a las circunstancias de
índole sociológico, medioambiental o urbanístico que concurran o cuando se haya comprobado
la transmisión de ruidos que originen molestias a los vecinos próximos.
Artículo 24º. Extinción de la licencia.
1. La licencia se extinguirá por las siguientes causas:
·Renuncia de su titular.
·Revocación por el Ayuntamiento, por motivos de interés público debidamente
acreditados, con audiencia del/la interesado/a.
CVE:
BOP-2021-2207
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
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