Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2021-2207)
BOP-2021-2207 Aprobación definitiva Ordenanza municipal reguladora de las terrazas de veladores. (Expt 290/2020).
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a) Acreditación de la propiedad o, título jurídico que habilite para la utilización privativa
del espacio
b) Indicación del uso del edificio propio y de los/as colindantes.
3. En el caso de que se hubiera obtenido autorización para terraza en ejercicios anteriores y se
pretendiera la renovación de la misma sin modificaciones, no será necesario aportar la
documentación anteriormente citada, sino que bastará con acreditar tal circunstancia en la
solicitud excepto los recibos de pago vigentes de los seguros a que se refiere el punto c) del
párrafo 1 de este artículo.
4. En el caso de instalación de estructuras ligeras y desmontables, se requerirá la solicitud y el
otorgamiento de la preceptiva licencia de obra menor, en cuyo caso se aportará la siguiente
documentación:
1. Memoria técnica firmada por técnico competente o instalador/a autorizado/a en la que
se incluya:
a) Descripción de la estructura a instalar, indicando dimensiones, materiales, tipo de
anclajes, características estéticas, etc.
b) Plano en planta, alzado y secciones en los que se reflejen las redes de servicios
públicos existentes en la zona.
c) Cálculo de las cargas a considerar de acuerdo a la normativa vigente (peso propio,
sobrecarga de uso, acción del viento, etc.) teniendo en cuenta que la instalación deberá
soportar vientos de hasta 120 Km/h, lo que deberá acreditarse expresamente.
d) Descripción del tipo de anclaje necesario para soportar la estructura de acuerdo a los
cálculos de las cargas a considerar.
1 Fotomontaje o infografía de la instalación proyectada.
1 Presupuesto de la instalación.
Una vez concedida la licencia e instalada la estructura, deberá aportar certificado del montaje
firmado por técnico/a competente.
5. No obstante lo anterior, si el titular del establecimiento lo considera adecuado podrá solicitar
previamente a la iniciación del expediente de licencia autorización previa para la instalación
que pretende ejecutar, a cuyo efecto, será suficiente la presentación de los documentos
reseñados en los puntos 1 a), 1 b) y 2 del párrafo anterior.
CVE:
BOP-2021-2207
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
Pág. 9755
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a) Acreditación de la propiedad o, título jurídico que habilite para la utilización privativa
del espacio
b) Indicación del uso del edificio propio y de los/as colindantes.
3. En el caso de que se hubiera obtenido autorización para terraza en ejercicios anteriores y se
pretendiera la renovación de la misma sin modificaciones, no será necesario aportar la
documentación anteriormente citada, sino que bastará con acreditar tal circunstancia en la
solicitud excepto los recibos de pago vigentes de los seguros a que se refiere el punto c) del
párrafo 1 de este artículo.
4. En el caso de instalación de estructuras ligeras y desmontables, se requerirá la solicitud y el
otorgamiento de la preceptiva licencia de obra menor, en cuyo caso se aportará la siguiente
documentación:
1. Memoria técnica firmada por técnico competente o instalador/a autorizado/a en la que
se incluya:
a) Descripción de la estructura a instalar, indicando dimensiones, materiales, tipo de
anclajes, características estéticas, etc.
b) Plano en planta, alzado y secciones en los que se reflejen las redes de servicios
públicos existentes en la zona.
c) Cálculo de las cargas a considerar de acuerdo a la normativa vigente (peso propio,
sobrecarga de uso, acción del viento, etc.) teniendo en cuenta que la instalación deberá
soportar vientos de hasta 120 Km/h, lo que deberá acreditarse expresamente.
d) Descripción del tipo de anclaje necesario para soportar la estructura de acuerdo a los
cálculos de las cargas a considerar.
1 Fotomontaje o infografía de la instalación proyectada.
1 Presupuesto de la instalación.
Una vez concedida la licencia e instalada la estructura, deberá aportar certificado del montaje
firmado por técnico/a competente.
5. No obstante lo anterior, si el titular del establecimiento lo considera adecuado podrá solicitar
previamente a la iniciación del expediente de licencia autorización previa para la instalación
que pretende ejecutar, a cuyo efecto, será suficiente la presentación de los documentos
reseñados en los puntos 1 a), 1 b) y 2 del párrafo anterior.
CVE:
BOP-2021-2207
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
Pág. 9755