Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2021-2196)
BOP-2021-2196 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanzas.
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Artículo 11º. Construcción de arquetas de registro.
Las acometidas domiciliarias se conectarán a la red de alcantarillado mediante una arqueta de
registro, situada en vía pública, junto a la fachada y en zona de fácil acceso.
La construcción del dispositivo de registro deberá cumplir con las dimensiones y características
establecidas al respecto por este Ayuntamiento.
Artículo 12º. Construcción de desagües interiores.
La instalación de desagüe interior hasta la arqueta de registro, deberá llevarse a cabo por el/la
propietario/a quién vendrá obligado/a a ajustarse a lo dispuesto en la normativa vigente en
materia de edificación.
Los colectores colgados interiores deberán resistir las presiones a que puedan estar sometidos
en caso de obturación del alcantarillado. De una manera especial se asegurará la ventilación
aérea y el aislamiento sifónico de los bajantes.
Será siempre responsabilidad del/a propietario/a la inclusión de todas las medidas de
precaución que sean necesarias para evitar que puedan penetrar en la finca o edificio aguas
procedentes de la red de alcantarillado.
Artículo 13º. Modificación de los trazados.
La Administración competente, al variar la disposición de las vías públicas o efectuar obras de
pavimentación en las mismas, podrá modificar el trazado, punto de conexión al alcantarillado,
disposición, etc., de las acometidas, conservando siempre las mismas condiciones de
evacuación del edificio. Dichas obras serán a cargo del/a promotor/a de la actuación, pero el/la
propietario/a no podrá reclamar indemnización alguna.
Artículo 14º. Protección contra aguas en el subsuelo.
Será siempre responsabilidad de la propiedad tomar todas las medidas necesarias para evitar
posibles afecciones por humedades o filtraciones en sótanos, garajes, o cualquier otra
edificación u obra situada por debajo de la rasante de la vía pública y que pueda estar causada
por aguas procedentes de fugas de redes, elevaciones del nivel freático, etc. Será también
responsabilidad del/a propietario/a tomar las medidas de protección necesarias para evitar que
las aguas pluviales procedentes de la vía pública puedan acceder a los sótanos o garajes por
los accesos o puntos de ventilación de los mismos.
CVE:
BOP-2021-2196
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
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