Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2021-2196)
BOP-2021-2196 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanzas.
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Las sanciones podrán hacerse efectivas antes de que se dicte resolución del expediente
sancionador, en cuyo caso se aplicará una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente
que se haya consignado en la notificación de dicha denuncia por el/la instructor/a del
expediente.
En materia de contaminación acústica por establecimientos industriales y comerciales
se podrá suspender la vigencia de las autorizaciones o licencias con periodo inferior a
un mes.
Artículo 17. Reparación de daños.
1. La imposición de las sanciones correspondientes previstas en esta Ordenanza será
compatible con la exigencia al/a infractor/a de la reposición de la situación alterada por el
mismo a su estado originario así como con la indemnización de los daños y perjuicios
causados.
2. Cuando dichos daños y perjuicios se produzcan en bienes de titularidad municipal, el
Ayuntamiento, previa tasación, determinará el importe de la reparación, que será comunicado
al/a infractor/a o a quien deba responder por él para su pago en el plazo que se establezca.
Artículo 18. Personas responsables.
1. Serán responsables directos de las infracciones a esta Ordenanza sus autores/as
materiales, excepto en los supuestos en que sean menores de edad o concurra en ellos alguna
causa legal de inimputabilidad, en cuyo caso responderán por ellos/as los padres, tutores/as o
quienes tengan la custodia legal.
2. Cuando las actuaciones constitutivas de infracción sean cometidas por varias personas
conjuntamente, responderán todas ellas de forma solidaria.
3. Serán responsables solidarios de los daños las personas físicas o jurídicas sobre las que
recaiga el deber legal de prevenir las infracciones administrativas que otros puedan cometer.
Artículo 19. Graduación de las sanciones.
Para la graduación de la sanción a aplicar se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
a) La reiteración de infracciones o reincidencia.
b) La existencia de intencionalidad del/a infractor/a.
CVE:
BOP-2021-2196
Verificable
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Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
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