Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2021-2196)
BOP-2021-2196 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanzas.
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los/as contribuyentes sujetos/as a la Tasa o en el mismo que inicien la prestación del servicio
de Punto Limpio.
2. Establecido y en funcionamiento el referido servicio, las cuotas se devengaran el primer día
de cada semestre natural, salvo que el devengo de la Tasa se produjese con posterioridad a
dicha fecha, en cuyo caso la primera cuota se devengara el primer día del trimestre siguiente,
respecto a la recogida de basuras domiciliarias.
Sin embargo, en la prestación del Punto Limpio, la cuota se devengará en el mismo momento
de producirse.
ARTÍCULO 6. DECLARACIÓN DE INGRESO.
1. Sobre los importes incluidos en la factura se liquidará el Impuesto Sobre el Valor Añadido
que proceda.
2. Dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que se devengue por vez primera
la Tasa, los/as sujetos pasivos formalizarán su inscripción en matrícula, presentado, al efecto,
la correspondiente declaración de alta e ingresando simultáneamente la cuota del primer
periodo para el caso del servicio de recogida de basuras domiciliarias.
3. Respecto al Punto Limpio la fecha en que se devengue la tasa, los/as sujetos pasivos
formalizarán el ingreso de la referida tasa una vez expedido el documento del Ayuntamiento de
Aldeacentenera, pertinente por los/as responsables del mismo.
4. Cuando se conozca, ya de oficio o por comunicación de los/as interesados/as cualquier
variación de los datos figurados en la matricula, se llevaran a cabo en ésta las modificaciones
correspondientes que surtirán efectos a partir del período de cobranza siguiente al de la fecha
en que se haya efectuado la declaración.
5. El cobro de las cuotas del servicio de recogida de basuras domiciliarias se efectuara
semestralmente, mediante recibo derivado de la matrícula.
6. El Ayuntamiento de Aldeacentenera podrá establecer convenios de colaboración con
entidad, instituciones, y organizaciones representativas de los/as sujetos pasivos de la tasa,
con el fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de
aquellas o los procedimientos de liquidación o recaudación.
ARTÍCULO 7. INFRACCIONES Y SANCIONES.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a
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BOP-2021-2196
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Miércoles, 12 de mayo de 2021
N.º 0088
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