Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2186)
BOP-2021-2186 Aprobación definitiva modificación Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil de Navaconcejo.
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Ser respetado por los/las compañeros/as, padres/madres de niños/as y demás
miembros de la comunidad educativa.
Estar informado/a de cuantas disposiciones de carácter oficial le afecten.
Usar la metodología que crea necesaria y que más se adecúe a las necesidades de
los/las niños y niñas.
Participar activamente en las reuniones de los órganos de los que forma parte.
TÍTULO VI. RENUNCIA, BAJA Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELATIVAS A LAS PLAZAS
Artículo 23.- Cualquier beneficiario/a podrá renunciar a la plaza de su hijo/a comunicándolo por
escrito a al Ayuntamiento.
De igual manera, la no presentación del niño o niña sin causa justificada, en la primera
quincena de curso escolar se entenderá como renuncia expresa a su plaza y será sustituido/a
por otro/a menor de la lista de espera, según la baremación efectuada.
Artículo 24.- Causas.
Serán causas de baja de la/el menor en el centro, las siguientes:
a) El abandono continuado y no justificado al Centro durante 20 días.
b) La comprobación de la falsedad de datos o documentos aportados en el momento de
la solicitud o la ocultación de datos o documentación que, de haberse aportado,
hubieran producido una baremación.
c) La falta de pago de dos o más de las cuotas fijadas para la prestación del servicio, sin
perjuicio de la exigencia de pago de la totalidad de las cuotas impagadas mediante la
totalidad de los medios administrativos y judiciales legalmente disponibles.
d) La no aceptación o el incumplimiento de las normas que rigen el funcionamiento
general del Centro.
e) La reiteración en la no recogida de los/las menores en el tiempo destinado para ello
por causa no justificada.
f) Cuando se detecte alguna de estas causas de baja por la Dirección del Centro, de
oficio, o por denuncia de otros/as padres, madres se incoará expediente contradictorio
garantizándose en todo caso el derecho de audiencia a los/las padres/madres
afectados/as.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
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