Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2186)
BOP-2021-2186 Aprobación definitiva modificación Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil de Navaconcejo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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1.
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5. Cualquier régimen especial de alimentación, alergias, convulsiones febriles y otros
problemas médicos serán comunicados al Centro mediante un informe médico con la
consecuente prescripción.
6. No llevar el/la niño/a al centro cuanto que tengan fiebre o cualquier otra enfermedad, para
evitar posibles contagios.
7. Si el/la niño/a tiene que tomar algún medicamento durante su estancia en el centro, deberá
administrárselo un familiar o persona debidamente autorizada
8. Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger el/la alumno/a y facilitar
un número de contacto permanente.
9. Los padres/madres podrán participar activamente, poniéndose previamente de acuerdo con
los/las educadores/as, en las actividades extraordinarias que se realicen.
Artículo 21.- Derechos y deberes de los niños y niñas.
1.- A recibir una educación que tenga en cuenta las necesidades de la etapa de cero a tres
años, y cuya finalidad sea la de contribuir al pleno desarrollo físico, afectivo, social e intelectual.
2.- A recibir un trato digno por parte del personal docente como del resto de los/las
compañeros/as.
3.- Al secreto profesional de los datos de su historial socio-sanitario.
4.- A una atención individualizada acorde con sus necesidades específicas.
5.- A disfrutar de un ambiente de afecto y seguridad que favorezcan el desarrollo pleno y
armónico de su personalidad
Artículo 22.- Derechos y obligaciones del Personal Docente.
Respetar el nivel de desarrollo de los/las niños y niñas, fomentando su progresiva
autonomía.
Estar a disposición de los/las padres y madres para cualquier cuestión educativa.
Ayudar a los/las niños/as en su desarrollo evolutivo.
Cubrir las necesidades básicas del alumnado de estas edades: seguridad, higiene y
alimentación.
Informar a la Dirección del Centro u órgano competente cualquier tipo de incidencia
que se produzca dentro del aula.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9594
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5. Cualquier régimen especial de alimentación, alergias, convulsiones febriles y otros
problemas médicos serán comunicados al Centro mediante un informe médico con la
consecuente prescripción.
6. No llevar el/la niño/a al centro cuanto que tengan fiebre o cualquier otra enfermedad, para
evitar posibles contagios.
7. Si el/la niño/a tiene que tomar algún medicamento durante su estancia en el centro, deberá
administrárselo un familiar o persona debidamente autorizada
8. Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger el/la alumno/a y facilitar
un número de contacto permanente.
9. Los padres/madres podrán participar activamente, poniéndose previamente de acuerdo con
los/las educadores/as, en las actividades extraordinarias que se realicen.
Artículo 21.- Derechos y deberes de los niños y niñas.
1.- A recibir una educación que tenga en cuenta las necesidades de la etapa de cero a tres
años, y cuya finalidad sea la de contribuir al pleno desarrollo físico, afectivo, social e intelectual.
2.- A recibir un trato digno por parte del personal docente como del resto de los/las
compañeros/as.
3.- Al secreto profesional de los datos de su historial socio-sanitario.
4.- A una atención individualizada acorde con sus necesidades específicas.
5.- A disfrutar de un ambiente de afecto y seguridad que favorezcan el desarrollo pleno y
armónico de su personalidad
Artículo 22.- Derechos y obligaciones del Personal Docente.
Respetar el nivel de desarrollo de los/las niños y niñas, fomentando su progresiva
autonomía.
Estar a disposición de los/las padres y madres para cualquier cuestión educativa.
Ayudar a los/las niños/as en su desarrollo evolutivo.
Cubrir las necesidades básicas del alumnado de estas edades: seguridad, higiene y
alimentación.
Informar a la Dirección del Centro u órgano competente cualquier tipo de incidencia
que se produzca dentro del aula.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
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