Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2186)
BOP-2021-2186 Aprobación definitiva modificación Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil de Navaconcejo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Paquete de pañales, hasta que los/las niños/as dejen de usarlo, que se repondrá a su
término.
- Cojín marcado.
No está permitido el uso de joyas (pulseras, pendientes, anillos, etc.) en el Centro de
Educación Infantil. En cualquier caso, el centro no se responsabiliza de su extravío.
No se permitirá el uso de objetos punzantes en el pelo. Las niñas que lo deseen podrán
sujetarse el pelo con coleteros elásticos.
Artículo 18.- Actividades a desarrollar en el exterior.
Dentro de la programación pedagógica, el Centro de Educación Infantil podrá organizar
actividades fuera del centro, con el objetivo de dar respuestas a las necesidades de
aprendizaje y desarrollo de los/as menores.
Los/las padres, madres, tutores/as o representantes legales, autorizarán por escrito, mediante
el modelo que a tal efecto se remita, la participación expresa de su hijo o hija en dichas
actividades.
Los/as niños/as que no vayan a participar en esa actividad fuera del centro no podrán asistir
ese día al Centro.
Artículo 19.- Colaboración de padres, madres y tutores/as.
Los/las padres, madres han de colaborar con el centro en la tarea educativa que se desarrolla.
Esta colaboración debe materializarse en sugerencias, contactos periódicos con la Escuela
Infantil, asistencia a reuniones de padres, madres, (participación en la asociación de
padres/madres), entrevistas con los/las educadores/as, etc.
Artículo 20.- Derechos y obligaciones de los/las padres, madres y tutores/as.
1. El derecho de uso del centro implica la aceptación de las normas que lo regulan y su
incumplimiento conlleva la pérdida del derecho de uso y disfrute del centro.
2. Tratar con consideración a los/las educadores/as, personal no docente y alumnos/as.
3. Respetar las recomendaciones del personal del centro.
4. Abonar las tarifas establecidas en la ordenanza correspondiente.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9593
término.
- Cojín marcado.
No está permitido el uso de joyas (pulseras, pendientes, anillos, etc.) en el Centro de
Educación Infantil. En cualquier caso, el centro no se responsabiliza de su extravío.
No se permitirá el uso de objetos punzantes en el pelo. Las niñas que lo deseen podrán
sujetarse el pelo con coleteros elásticos.
Artículo 18.- Actividades a desarrollar en el exterior.
Dentro de la programación pedagógica, el Centro de Educación Infantil podrá organizar
actividades fuera del centro, con el objetivo de dar respuestas a las necesidades de
aprendizaje y desarrollo de los/as menores.
Los/las padres, madres, tutores/as o representantes legales, autorizarán por escrito, mediante
el modelo que a tal efecto se remita, la participación expresa de su hijo o hija en dichas
actividades.
Los/as niños/as que no vayan a participar en esa actividad fuera del centro no podrán asistir
ese día al Centro.
Artículo 19.- Colaboración de padres, madres y tutores/as.
Los/las padres, madres han de colaborar con el centro en la tarea educativa que se desarrolla.
Esta colaboración debe materializarse en sugerencias, contactos periódicos con la Escuela
Infantil, asistencia a reuniones de padres, madres, (participación en la asociación de
padres/madres), entrevistas con los/las educadores/as, etc.
Artículo 20.- Derechos y obligaciones de los/las padres, madres y tutores/as.
1. El derecho de uso del centro implica la aceptación de las normas que lo regulan y su
incumplimiento conlleva la pérdida del derecho de uso y disfrute del centro.
2. Tratar con consideración a los/las educadores/as, personal no docente y alumnos/as.
3. Respetar las recomendaciones del personal del centro.
4. Abonar las tarifas establecidas en la ordenanza correspondiente.
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
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