Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2021-2169)
BOP-2021-2169 Aprobación definitiva Reglamento del sevicio de saneamiento y control de vertidos de la Mancomunidad Valle del Jerte.
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MANCOMUNIDAD INTEGRAL VALLE DEL JERTE
Paraje Virgen de Peñas Albas s/n 10.610 Cabezuela del Valle (Cáceres) CIF: P1000027A Tlf. 927.47.21.34
Monóxido de carbono (CO): 100 partes por millón
Cloro: 1 parte por millón
Sulfhídrico (SH2): 20 partes por millón
Cianhídrico (CHN): 10 partes por millón
k) Queda prohibido el vertido a la red de alcantarillado tanto por parte de las industrias farmacéuticas como de los centros sanitarios
o de personas en general, de aquellos fármacos obsoletos o caducos que, aun no habiendo sido citados de forma expresa anteriormente,
pueden producir graves alteraciones en los sistemas de depuración correspondientes, aún en pequeñas concentraciones, como por
ejemplo los antibióticos.
l) Sangre procedente del sacrificio de animales producido en mataderos industriales o municipales.
m) Suero lácteo, producido en industrias queseras o industrias de productos derivados de la leche.
n) Residuos de origen pecuario.
o) Sólidos o lodos procedentes de sistemas de pretratamiento de vertidos residuales, sean cual sean sus características.
ARTÍCULO 20. VERTIDOS LIMITADOS
Queda prohibido verter directa o indirectamente a las redes de alcantarillado, vertidos con las características o con concentración de
contaminantes iguales o superiores en todo momento a los expresados en la siguiente relación:
Parámetros Valor límite:
Parámetro Unidad Valor límite
pH Ud. pH 6 - 10
Conductividad (a 20 ºC) μS/cm 5000
Temperatura ºC 60
DQO mg/l 1500
DBO5 mg/l 1000
Nitrógeno total mg/l 100
Fósforo total mg/l 40
Sólidos en suspensión mg/l 500
Detergentes mg/l 4
Aceites y grasas mg/l 150
Cloruros mg/l 1500
Cianuros mg/l 5
Fenoles mg/l 2
Fluoruros mg/l 10
Sulfuros mg/l 5
Sulfatos mg/l 1500
Aluminio mg/l 20
Arsénico mg/l 1
Bario mg/l 10
Boro mg/l 3
Cadmio mg/l 0,5
Cobre mg/l 2
Cromo mg/l 5
Cinc mg/l 10
Estaño mg/l 2
Hierro mg/l 10
CVE:
BOP-2021-2169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de mayo de 2021
N.º 0086
Pág. 9533
Paraje Virgen de Peñas Albas s/n 10.610 Cabezuela del Valle (Cáceres) CIF: P1000027A Tlf. 927.47.21.34
Monóxido de carbono (CO): 100 partes por millón
Cloro: 1 parte por millón
Sulfhídrico (SH2): 20 partes por millón
Cianhídrico (CHN): 10 partes por millón
k) Queda prohibido el vertido a la red de alcantarillado tanto por parte de las industrias farmacéuticas como de los centros sanitarios
o de personas en general, de aquellos fármacos obsoletos o caducos que, aun no habiendo sido citados de forma expresa anteriormente,
pueden producir graves alteraciones en los sistemas de depuración correspondientes, aún en pequeñas concentraciones, como por
ejemplo los antibióticos.
l) Sangre procedente del sacrificio de animales producido en mataderos industriales o municipales.
m) Suero lácteo, producido en industrias queseras o industrias de productos derivados de la leche.
n) Residuos de origen pecuario.
o) Sólidos o lodos procedentes de sistemas de pretratamiento de vertidos residuales, sean cual sean sus características.
ARTÍCULO 20. VERTIDOS LIMITADOS
Queda prohibido verter directa o indirectamente a las redes de alcantarillado, vertidos con las características o con concentración de
contaminantes iguales o superiores en todo momento a los expresados en la siguiente relación:
Parámetros Valor límite:
Parámetro Unidad Valor límite
pH Ud. pH 6 - 10
Conductividad (a 20 ºC) μS/cm 5000
Temperatura ºC 60
DQO mg/l 1500
DBO5 mg/l 1000
Nitrógeno total mg/l 100
Fósforo total mg/l 40
Sólidos en suspensión mg/l 500
Detergentes mg/l 4
Aceites y grasas mg/l 150
Cloruros mg/l 1500
Cianuros mg/l 5
Fenoles mg/l 2
Fluoruros mg/l 10
Sulfuros mg/l 5
Sulfatos mg/l 1500
Aluminio mg/l 20
Arsénico mg/l 1
Bario mg/l 10
Boro mg/l 3
Cadmio mg/l 0,5
Cobre mg/l 2
Cromo mg/l 5
Cinc mg/l 10
Estaño mg/l 2
Hierro mg/l 10
CVE:
BOP-2021-2169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de mayo de 2021
N.º 0086
Pág. 9533